Yate (Foto: GEC)
Yate (Foto: GEC)

El MEF planteó realizar cambios en la base imponible del impuesto a las embarcaciones de recreo, distinguiendo personas naturales y empresas, así lo indicó el viceministro de Economía, Michel Canta.

Para las empresas se aplicará el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, que en ningún caso será menor a los valores referenciales del MEF.

Para personas naturales estos mismos valores se disminuirán a razón de 10% anual por cada año transcurrido durante los primeros 9 años.

También se reducirá el tiempo de permanencia de embarcaciones de recreo de 15 meses en promedio a seis meses como máximo.