Ministerio de Vivienda lanza convocatoria para otorgar bonos de arrendamiento para emergencias. (Foto: MVCS)
Ministerio de Vivienda lanza convocatoria para otorgar bonos de arrendamiento para emergencias. (Foto: MVCS)

El Ministerio de Vivienda () aprobó nueva convocatoria para el otorgamiento de 250 en atención al Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 019-2023-PCM.

Estas subvenciones serían destinadas a damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en el distrito de Mariano Nicolás Valcárcel, de la provincia de Camaná, del departamento de .

EL documento detalla que las viviendas referidas han sido validadas por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) y se detallan en la relación de potenciales beneficiarios.

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El valor del es de S/ 500 y se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en el departamento de Arequipa.

La relación de potenciales beneficiarios se publica al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario El Peruano en las sedes digitales del MVCS y del

Plazos para la convocatoria

Los potenciales tendrán un plazo máximo de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para presentar los siguientes documentos con la firma del representante del grupo familiar:

  1. La solicitud de otorgamiento del BAE
  2. La declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen (Arequipa)
  3. El contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público
  4. De ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas
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La Municipalidad Mariano Nicolás Valcárcel remite al , mediante la mesa de partes física o virtual de este último, los documentos presentados por los potenciales beneficiarios, hasta el plazo máximo de tres días hábiles, contado a partir del último día hábil del vencimiento del plazo señalado en el literal precedente.

La DGPPVU verifica que las viviendas a ser arrendadas, que se consignan en las solicitudes de otorgamiento del BAE, no estén validadas como colapsadas o inhabitables y remite la relación final de los potenciales beneficiarios del bono al en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del vencimiento del plazo máximo otorgado a la Municipalidad para la remisión de la documentación, conforme a lo señalado en el literal anterior.

Además, el cómputo del plazo del otorgamiento del BAE se inicia en la fecha del primer cobro en el por parte de cada beneficiario.

Finalmente, se establece que los potenciales beneficiarios que presenten las solicitudes de otorgamiento del bono fuera del plazo establecido en el literal a) del presente párrafo, pierden el derecho al otorgamiento de la ayuda económica.

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