Cuando adquieras un bien y quieras deducirlo como gasto, el valor de aquel no debe superar un cuarto de UIT, es decir, S/ 1,050.
Cuando adquieras un bien y quieras deducirlo como gasto, el valor de aquel no debe superar un cuarto de UIT, es decir, S/ 1,050.

A pocos días del cierre del cronograma de vencimientos del 2019, es el momento para organizar la contabilidad y prepararse para la presentación de la declaración jurada anual. Se podrá realizar desde enero hasta marzo, antes de la fecha límite que indique el cronograma según el número de RUC.

El Centro de desarrollo empresarial (CDE) de Cofide brinda cinco recomendaciones para la declaración jurada anual.

1. Si eres persona natural con negocio debes presentar Declaración Jurada Anual

Si generas rentas provenientes de alquileres (renta de primera categoría); dividendos (renta de segunda categoría) o rentas empresariales (renta de tercera categoría), deberás presentar la declaración.

Además, si eres una persona natural que recibe rentas por servicios profesionales (o sea, renta de cuarta categoría) que superan las 7 UIT al año —es decir S/ 29,400 anuales, teniendo en consideración que una UIT al 2019 era de S/ 4200— también deberás presentar declaración anual.

2. ¿Cuándo hacer declaración sustitutoria y/o rectificatoria?

Si como contribuyente has presentado la declaración anual de impuestos antes de la fecha límite y necesitas modificar dicha declaración, siempre que lo hagas antes de la fecha límite, deberá hacerse mediante una declaración sustitutoria, no como una declaración rectificatoria. La declaración sustitutoria no genera multa.

3. La declaración depende del régimen tributario

No todos los regímenes tributarios obligan a presentar Declaración Jurada Anual de impuestos, ni significan los mismos cálculos. Existen cuatro regímenes tributarios:

- NRUS: Nuevo Régimen Único Simplificado

- RER: Régimen Especial de la Renta. En el Régimen especial no estás obligado a presentar declaración anual de impuestos.

- RMT: Régimen Mype Tributarios

- RG: Régimen General.

4. ¿Cuándo considerar un activo fijo como gasto y no como activo?

Cuando adquieras un bien y quieras deducirlo como gasto, el valor de aquel no debe superar un cuarto de UIT, es decir, S/ 1,050, según el artículo 23 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. La adquisición de bienes de mayor valor al indicado, serán considerados como activos fijos.

5. Sé cuidadoso al registrar tus ingresos netos mensuales en la Declaración Jurada Anual

La sumatoria de tus ingresos netos mensuales debe ser igual al ingreso neto anual de tu declaración jurada. Se pueden cometer errores por descuentos realizados durante el año y no declarados correctamente, o por una mala sumatoria. Estos errores pueden generar multas tributarias.

-Charlas gratuitas para el público-

El Centro de Desarrollo Empresarial de COFIDE retomará las charlas gratuitas “Miércoles Financieros” y “Jueves Empresariales” a partir del 6 de enero de 2020. Los consultorios de Formalización y Contabilidad, también sin costo, continuarán atendiendo consultas, previa cita. Para más información puede comunicarse al 615 4000 anexo 2923 / 2100 o escribiendo a