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MIGUEL ALONSO JUAPE PINTOmjuape@diariogestion.com.pe

La Comisión de Economía del Congreso debatirá el proyecto de ley que establece una modificación al Impuesto a la Renta(IR), a fin de que las empresas puedan deducir como gastos no solo los realizados con facturas, boletas y otros (comprobantes de pago), sino con cualquier documento que los acredite.

De acuerdo a la exposición de motivos del proyecto, se busca corregir la falta de reconocimiento como gasto de los comprobantes de pago que contienen errores formales en su llenado (pese a ser un hecho real de gasto).

La iniciativa es impulsada por el presidente de la referida Comisión de Economía, Luis Galarreta.

El Ministerio de Economía y la Sunat, en gobiernos pasados, se han opuesto a cualquier flexibilización en el uso de los comprobantes de pago.

Otros cambiosTambién se plantea derogar el criterio de generalidad en el gasto por las capacitaciones del personal, pues, según el proyecto, el criterio vigente hace que en la práctica las empresas tengan que capacitar a un área o segmento cuando sus necesidades pueden ser menores, es decir, desincentiva la capacitación.

Por ello, el proyecto plantea usar el criterio de razonabilidad para incentivar las capacitaciones; manteniendo el límite máximo deducible del 5% del total de gastos.

Otro cambio que propone la iniciativa es que el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) se compense con el Impuesto a la Renta (IR), hasta agotar su importe, y se elimine la restricción de hacerlo solo durante el ejercicio que corresponde al pago.

También plantea la creación de un grupo de trabajo para analizar la tributación de las empresas en el exterior en cuanto al IR, dividendos, arrastre de pérdidas, renta neta para distribuir utilidades, entre otros.

EN CORTOPropuesta. Con el fin de evitar la merma del capital de trabajo y la disponibilidad de recursos, para el caso de las micro y pequeñas empresas, el proyecto de ley plantea una reducción en la tasa de retención del importe de la operación en el caso del Impuesto General a las Ventas (IGV), que se reduciría de 6% a 2%.