Limeños. (Foto: USI)
Limeños. (Foto: USI)

Muchas veces los reclamos de los consumidores solo quedan registrados en el y algunos no realizan el seguimiento al tema, porque implica asumir costos adicionales por el tiempo que conlleva.

Ante ello, el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, comentó que están trabajando en una iniciativa para resarcir económicamente al consumidor tras los reclamos que realiza contra los proveedores de bienes o servicios.

“Estamos ultimando detalles y esta semana será presentada a la bancada (de Fuerza Popular), que esperamos será bien recibida, y posteriormente será debatida en la Comisión (de Defensa del Consumidor)”, remarcó.

Precisa que no se trata de una indemnización para el consumidor, sino de resarcirlo con parte de las multas que aplica a los proveedores.

Hemos estimado que debería ser de un 20% de las multas, para algunos podrá parecer poco y otros mucho, pero será parte del debate que se realice”, indicó.

indicó que el Libro de Reclamaciones no tiene el efecto deseado en que las empresas se vean persuadidas para corregir una mala conducta en contra del consumidor, por lo que considera que la retribución económica podría tener un mejor resultado.

“También estamos impulsando a una cultura del reclamo, a la que el consumidor tiene derecho”, expresó.

Sobre el 20% de la multa para el consumidor que realizó el reclamo, indicó que servirá para cubrir los costos y costes que implica el proceso mismo que seguirá.Sin embargo, el congresista advierte que, si los reclamos no proceden el consumidor también podría verse afectado.

“Los reclamos deben estar bien sustentados”, indicó.

Procedimiento
Para que la motivación del reclamo no sea solo la parte dineraria, indicó que este proceso deberá cumplir algunas etapas, entre ellas que el proveedor tiene un plazo de 15 días para subsanar el reclamo que realiza el consumidor.

“Estamos motivando una autoregulación, será del propio proveedor de quien dependa el futuro del proceso”, mencionó.

De esta forma, espera que se alivie la carga procesal que podría tener Indecopi para resolver los reclamos de los consumidores.

Afectación general
En los procesos que implica una afectación general a la población, como el caso de empresas que informan erróneamente sobre el contenido de su producto u otros similares, indicó que dichos casos no aplican la norma.

“La norma es para resarcir la afectación personal del consumidor, no colectiva”, mencionó.

En el caso de los procesos colectivos, indicó que muchos de ellos ya lo siguen las asociaciones de consumidores.

mencionó en Argentina ya se aplicó una medida similar y ha tenido efectos positivos sobre los proveedores y en el consumidor.

“Hay mucha exigencia para regular el tema de estacionamientos, telefonía, educación y otros, pero con esta medida sería una herramienta ‘fundamental’ que aplique a todos los sectores y se motive la autorregulación de los proveedores”, indicó.

“Estamos empoderando a los consumidores”, comentó Miguel Castro.