Redacción Gestión

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El deudor tributario es calificado como "no habido o no hallado" cuando el canal de comunicación con el fisco no está establecido, pese a que se realizaron varias visitas fallidas en el domicilio del .

Sin embargo, la última iniciativa del Ejecutivo enviada al Congreso permitirá establecer una comunicación a través de sistemas electrónicos (confirmados por esa vía), cuando el contribuyente, su representante o apoderado por cualquier circunstancia se acerque a las oficinas de .

Y cuando en el domicilio fiscal no se encuentre a ninguna persona o estuviera cerrado, se notificará con un "cedulón" en sobre cerrado, bajo la puerta (siempre que se cumpla con los requisitos de identificación de la documentación).

La propuesta del , refiere el documento, es incrementar las posibilidades de que el deudor tributario tome conocimiento de las decisiones de la Sunat, y así se garantice que los contribuyentes accedan a un debido procedimiento.

EL DATO

La Sunat podrá usar sistemas electrónicos para sus procedimientos para automatizar, debiendo garantizar la identificación de los responsables de su uso, entre otros.