Mediante la ley 31041 se creó una nueva licencia con goce de haber de hasta un año a favor de trabajadores cuyos hijos menores de 18 años padezcan de cáncer. Es decir, los trabajadores podrán tomar descansos remunerados de sus trabajos por hasta un año con el fin de atender a sus hijos diagnosticados de cáncer.
La norma señala que los primeros 21 días de la licencia serán pagados por el empleador del trabajador, mientras que el resto de los días del año serán subvencionados por Essalud.
Asimismo, la Ley dispone que se le otorgará un subsidio económico equivalente a dos remuneraciones mínimas vitales a un trabajador por familia que tenga un niño o adolescente menor de 18 años que sea diagnosticado de cáncer, durante el tiempo que dure su tratamiento hospitalario.
Esta iniciativa ha sido descrita como loable por expertos laboralistas, quienes consideran que era necesario que se contase con una mayor protección de salud para los trabajadores y sus familiares, sin embargo, la ley también ha generado comentarios negativos por algunos, quienes señalan que se estaría afectando la caja del Estado en un momento en el cual el gobierno no dispone de fondos.
Beneficios
Además de lo anteriormente expuesto, la ley otorga un seguro total a los niños menores de 18 con cáncer.
Franco Muschi, jefe de Asuntos Laborales del estudio Garrigues, comenta que la ley es “saludable” ya que acerca al Perú a un futuro seguro universal de salud.
“El Estado le proporcionará cobertura a aquel menor de 18 años que sea diagnosticado con cáncer”, señala, agregando que esta es una iniciativa que “debe ser replicada para todo el sistema de salud”.
Muschi además señala que la norma es en beneficio de todos los que tengan a su cargo un menor, no solo los padres biológicos del mismo.
De acuerdo a Muschi, esta era una norma necesaria dado que “un crecimiento económico sin aseguramiento universal no es posible”, lo cual señala “la pandemia ha deslumbrado”. Muschi comenta que “no tener aseguramiento universal es una vergüenza”.
Problemas con Essalud
César Puntriano, socio del estudio Muñiz, considera que, pese a que la norma ayudara a que se reduzcan “las malas atenciones e inclusive las muertes”, el Congreso “no ha analizado el impacto de la norma en el tesoro público”.
Puntriano comenta que “EsSalud ya paga subsidios por incapacidad temporal para el trabajo, subsidio por COVID-19 y prestaciones de S/ 760 por suspensiones perfectas aprobadas”, por lo que “hacerlo pagar remuneraciones sin tope por el lapso señalado resulta excesivo”.
Asimismo, Diego Castillo, asociado senior del estudio Hernández & Cía, comenta que, “más allá de la finalidad altruista y bienintencionada de la ley”, nos encontramos en un contexto en el cual “Essalud se encuentra sin presupuesto”, por lo que no podrá asumir la nueva responsabilidad que se le ha encargado.
“El problema es que Essalud ya tiene un problema presupuestal serio, el cual se se agudizo durante la pandemia,” indicó Castillo. “Se necesitaría una asignación presupuestal en la ley de presupuesto para poder cubrir ese costo”, agrega.
Al respecto, Puntriano comenta que “incluso si se destina presupuesto adicional” habrían problemas de caja, “pues el dinero proviene del tesoro público”.
Castillo además comenta que debido a que no se ha emitido el reglamento de la norma, aún no se conoce si “será el empleador quien asuma el pago de la licencia para luego solicitar el reembolso a EsSalud”, o si EsSalud realizará el pago del sueldo de los trabajadores desde un comienzo, lo cual podría crear gastos grandes para las empresas por todo un año.
Al respecto, Muschi comenta que, “el momento de emisión de la norma no es el mejor, pero la iniciativa tenía que darse, no importa si existe o no la caja disponible”. La aduana peruana siempre ha estado a la vanguardia de la digitalización