Redacción Gestión

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La Superintendencia del Mercado de Valores () propuso un proyecto para incrementar el umbral máximo de ventas de bienes o prestación de servicios al cual deben sujetarse las empresas que participen en el MAV, del límite vigente de S/ 200 millones a S/ 300 millones.

Además se contempla la premisa de que dicho monto se actualice anualmente en función del Índice de Precios al por Mayor (IPM), de tal manera de mantener su valor real en el tiempo.

Ello considerando el crecimiento de la actividad económica desde que se creó el MAV en el año 2012 y con el fin de promover un mayor acceso de empresas al MAV, precisó la SMV.

Explicó que la actualización de dicho umbral no solo facilitará el acceso a un mayor número de nuevos emisores al mercado de valores, sino que dará al inversionista un mayor abanico de posibilidades para la diversificación de sus portafolios de inversión, pudiendo asumir diferentes niveles de riesgo y retorno.

Prueba de ello es que considerando la información financiera que remitieron a la SMV las empresas no supervisadas durante el 2015, existen 114 empresas con ingresos anuales en el 2014 entre S/ 200 millones y S/ 300 millones que con dicha actualización se constituyen en potenciales empresas que podrían acceder a las ventajas que el MAV ofrece como alternativa de financiamiento.

El proyecto también plantea no limitar el acceso al mercado de valores a través del MAV a aquellas empresas que hubieran tenido valores representativos de deuda inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (RPMV) en el mercado principal y que hayan cumplido con las exigencias del mercado durante la vigencia de la emisión, como una forma de mantener su interés de participar en el mercado y cumplir con estándares de transparencia en la información.

RiesgoAsimismo, con el fin de dar a las empresas una mayor flexibilidad en el MAV y reducir con ello los costos de emisión, se propone que para la emisión de obligaciones de corto plazo no se exija una clasificación de riesgo independiente, siempre que el emisor haya sido clasificado dentro de la categoría normal, en los últimos cuatro trimestres, por la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Complementariamente, en este caso se propone exigir al emisor revelar como Hecho de Importancia cualquier cambio que se pueda producir en dicha clasificación mientras se encuentre inscrito el valor.

El proyecto de norma se difundirá, como consulta ciudadana, por un espacio de diez días calendario, a través del Portal del Mercado de Valores de la SMV (www.smv.gob.pe) para la recepción de sugerencias y comentarios del público.

A la fecha, son ocho las empresas no corporativas que han logrado acceder al financiamiento en el mercado de valores a través del MAV, en condiciones competitivas respecto a otras fuentes de financiamiento.

Estas empresas son: Agrícola y Ganadera Chavín de Huantar, A. Jaime Rojas Representaciones Generales, Tritón Rental (antes Tritón Trading), Medrock Corporation, Edpyme Inversiones La Cruz, Tekton Corp, Electrovía e Inmobiliaria Ciudaris.