Restaurantes deberán pagar un nuevo seguro complementario a sus trabajadores con el SCTR. (Fotos: GEC)
Restaurantes deberán pagar un nuevo seguro complementario a sus trabajadores con el SCTR. (Fotos: GEC)

Los restaurantes del país, uno de los sectores más golpeados por la pandemia del COVID-19 y la crisis económica, deberán asumir desde el 2 de julio una nueva carga laboral y sobrecostos que impone el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), establecido por la Ley 26790 de Modernización de la Seguridad Social en Salud, advirtió la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

La referida norma extendió como actividades de alto riesgo, entre otras, a los restaurantes, disponiendo su entrada en vigencia a los 30 días calendario contados a partir de su publicación, es decir, desde el próximo 2 de julio deberán asumir estos costos, sin haberse realizado una ponderación adecuada de los sectores involucrados y sin debate previo”, precisó la CCL.

Esta norma, modificada por la Ley N° 30485, tiene por finalidad otorgar una cobertura adicional al seguro regular de EsSalud y de pensiones, el cual será obligatorio para las actividades de alto riesgo, designadas en el listado del Anexo 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, el mismo que fue modificado recientemente en junio, mediante Decreto Supremo Nº 008-2022-SA.

En ese sentido, el gremio empresarial alertó que esta nueva disposición afectará a más de 220,000 restaurantes y establecimientos de expendio de alimentos a nivel nacional, puesto que deberán pagar un nuevo seguro complementario a sus trabajadores con el SCTR.

Estos negocios, a pesar de tener un presupuesto golpeado por la pandemia, ya pagan un seguro de EsSalud a sus empleados. Además, la norma en mención no fue debatida, ni puesta en consulta, lo que va a generar y promover aún más la informalidad a mediano plazo”, indicó.

Cabe señalar que el aporte por el SCTR fluctúa entre el 0.63%, 1.23%, 1.53% y el 1.83% de la remuneración mensual del trabajador, según el nivel de riesgo de la respectiva actividad: por limpieza de edificios, aguas residuales, industria manufactura, suministro de electricidad, gas, transporte y almacenamiento, construcción, extracción y explotación de minas y canteras.

Estas actividades ya están reguladas y sus costos están cubiertos por las empresas; e incluso, son fiscalizados permanentemente, situación a la que ahora deberán adecuarse los negocios de restaurantes”, afirmó el gremio empresarial.

Para resolver dicho tema, la CCL consideró oportuno que se realice un informe de siniestralidad que sustente la inclusión de los trabajadores de restaurantes en el Anexo 05, condición dictaminada en el artículo 41 de las Normas Técnicas del Seguro Complementario del Trabajo en Riesgo, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-98-SA.

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