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Ante las últimas cancelaciones y reprogramaciones de los vuelos de la aerolínea (LAW) en la ruta Lima-Santiago de Chile, el Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador y le ordenó - como medida cautelar - brindar protección inmediata a los pasajeros afectados por el incumplimiento del itinerario de estos vuelos. Incluyendo a los programados hasta el 15 de marzo del presente.

Además, la instó a devolver el costo del pasaje a los afectados por dicho incumplimiento o, de ser el caso, gestionar su traslado en otra aerolínea respetando las condiciones del boleto adquirido por ellos.

El Indecopi pudo constatar que la aerolínea incumplió con sus itinerarios programados el pasado fin de semana y, además, se habría verificado que no brindó medidas de protección a favor de los pasajeros varados en el aeropuerto internacional Jorge Chávez, incumpliendo en ese sentido con la normatividad vigente.

Por tales razones, la Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte consideró que esta empresa habría infringido el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor - Ley 29571, referido al deber de idoneidad, toda vez que las aerolíneas tienen como obligación cumplir con el itinerario ofrecido a los pasajeros.

Asimismo, decidió incluir en esta resolución los vuelos programados por dicha empresa hasta el 15 de marzo, amparada en el comunicado difundido por la misma aerolínea, el 9 de marzo último, en el cual se informó la suspensión de sus operaciones regulares y la venta de pasajes.

Cabe recordar que  en caso de que un proveedor incurra en una infracción puede ser amonestado o sancionado con una multa de hasta 450 UIT (unidades impositivas tributarias).

Indecopi precisó que este procedimiento sancionador se encuentra actualmente en la etapa de recibir descargos por parte de ; la cual deberá sustentar las acciones adoptadas a fin de cumplir con la medida cautelar ordenada.

El incumplimiento de un mandato cautelar ordenado por el Indecopi, conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor es considerado una infracción; por lo que se puede imponer una multa no menor de 3 UIT.

En caso de persistir el incumplimiento la entidad podrá imponer una nueva multa duplicando sucesivamente el monto de la última multa hasta el límite de 200 UIT.

Otros procedimientos sancionadores 
Por otro lado, se tiene en trámite otros dos procedimientos administrativos sancionadores contra la aerolínea LAW por el incumplimiento del itinerario de vuelos en el mes de febrero 2018, así como durante el año 2017, afectando en total a un aproximado de 3,800 pasajeros.

El Indecopi da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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