Foto del frontis de Indecopi. (Fuente: GEC)
Foto del frontis de Indecopi. (Fuente: GEC)

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del (SDC) sancionó, en última instancia administrativa, a por difundir publicidad engañosa en medios digitales. Por lo que se le impuso una multa de 482.78 UIT, equivalentes a S/ 2 389 761 (dos millones trescientos ochenta y nueve mil setecientos sesenta y un soles).

En dicha publicidad, se aseguraba que los rollos de papel higiénico “Paracas Black Premium” tienen una longitud de 40 metros, pese a no contar con dichos elementos que acrediten la afirmación. Es así que la empresa cayó en actos de competencia desleal en modalidad de engaño.

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Durante la investigación , la Sala de verificó que ninguno de los medios probatorios aportados por la empresa resultaron suficientes para acreditar la veracidad del mensaje transmitido.

Por ejemplo, las pruebas no consignaron una fecha de elaboración, estudios que respalden los resultados, no siguieron el procedimiento adecuado para la inspección de la muestra o fueron emitidos en una fecha posterior al inicio de la difusión de la publicidad.

Al final, la Sala emitió la Resolución 0055-2023/SDC-INDECOPI del 11 de mayo de 2023, se declaró fundada la denuncia presentada contra Papelera Reyes S.A.C., por infringir el artículo 8 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal (Decreto Legislativo 1044).

Finalmente, la empresa sancionada debe cumplir con las medidas correctivas, como el cese definitivo e inmediato e la campaña publicitaria. Además, de la publicación de un aviso de rectificación en los mismos medios de difusión donde se dieron los anuncios.

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