El 28 de diciembre del 2018 se creó el Régimen de Apoyo Transitorio (RAT) para las empresas de saneamiento (EPS), buscando mejorar la eficiencia de las empresas al otorgarles ciertos beneficios, uno de los cuales es la protección de sus bienes contra la ejecución coactiva y el embargo por deudas.
Sin embargo, el Tribunal Fiscal ha determinado que este beneficio no se aplica para deudas tributarias generadas luego del registro de la empresa en el RAT.
Pese a que la ley señala que los bienes de estas empresas son inembargables e inejecutables durante toda la permanencia de la empresa dentro del RAT (que tiene como máximo 15 años), esto no se aplica para las deudas tributarias.
Esto debido a que el reglamento de la norma que creó el RAT establece que este beneficio no aplicaba para “créditos adquiridos posteriores al inicio del régimen”.
De acuerdo a la interpretación del tribunal, el uso del término “crédito” es uno genérico, y que por este se debe entender “que se trata de “deudas” a cargo de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento”. Bajo esta interpretación, toda deuda que las empresas adquieran posteriormente al inicio del régimen podría resultar en ejecuciones de bienes.
Como señala PricewaterhouseCoopers, la protección solo protegería los bienes de la empresa contra deudas que se hayan “originado o generado” anteriormente a la entrada en vigencia del RAT.
Comentan que debe entenderse por originado o generado el “momento del nacimiento de la obligación tributaria o la fecha de comisión o detección de la infracción”. Esto deja abierta la posibilidad de que Sunat detecte una infracción luego del inicio del RAT, pero cometida previa a su vigencia.
Número clave
19 Empresas de saneamiento están bajo la protección del RAT, pese a que existen 50 en el país. Para ingresar al RAT se debe pasar evaluación de Sunass.
El Dato
RAT. El régimen de Apoyo Transitorio fue establecido por el Gobierno para el “reflotamiento de las empresas de saneamiento, en términos de sostenibilidad económica”. Según un estudio sobre la operación de las EPS, “el 55% de estas (es decir, el 32% del total) no son rentables. De acuerdo a la Sunass, el 94% de las EPS debe tener más apoyo estatal.