Indecopi ordenó inaplicación de ordenanza de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que exigía permisos para instalar anuncios dentro de centros comerciales. Foto: Indecopi.
Indecopi ordenó inaplicación de ordenanza de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que exigía permisos para instalar anuncios dentro de centros comerciales. Foto: Indecopi.

La Comisión de la Oficina Regional del en Lambayeque, con apoyo de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas (SRB), declaró ilegal la exigencia de tramitar una autorización municipal para instalar anuncios publicitarios en locales y módulos ubicados al interior de galerías o centros comerciales.

Dicha medidas fue impuesta por la Municipalidad Provincial de Chiclayo en la Ordenanza Municipal n.°011-2015-MPCH/A, por lo cual se ordenó su inaplicación con efectos generales.

Mediante la Resolución Final n.°0003-2023/CEB-INDECOPI-LAM, la Comisión señaló que las competencias municipales referida a anuncios publicitarios no le permiten exigir autorizaciones al interior de establecimientos comerciales, sino únicamente cuando estos anuncios se ubican en la vía pública o en el exterior de bienes privados, según el artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.° 29729).

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Por lo tanto, refirió que la comuna excedió sus competencias y vulneró el principio de legalidad de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley n.°27444).

Cabe precisar que la Comisión resolvió en sentido similar a lo señalado por la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema en la Casación N° 23799-2017.

Además, la Comisión precisó que su pronunciamiento no desconoce las competencias establecidas de los gobiernos locales para evaluar y verificar las condiciones de seguridad en defensa civil de un determinado establecimiento, de conformidad con lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley n.°28976 (Ley Marco de Licencia de Funcionamiento).

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Asimismo, señaló que se dispuso su inaplicación con carácter general, en favor de los empresarios, emprendedores o administrados en general, que también se vean afectados por la imposición de la mencionada disposición.

Dicha decisión fue declarada consentida por la SRB, al no haber sido apelada dentro de los quince días hábiles posteriores a la notificación de la resolución final.

La resolución completa puede ser vista en:

El dato:

En caso de verificar la imposición de requisitos, alguna limitación, cobro o exigencia a nivel regional, los ciudadanos y agentes económicos pueden realizar sus consultas al correo o llamando al 987 110 764.

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