Impuestos municipales. Abarcan el impuesto predial, impuesto de alcabala, entre otros. (Foto: Andina)
Impuestos municipales. Abarcan el impuesto predial, impuesto de alcabala, entre otros. (Foto: Andina)

El grava el valor de los predios urbanos y rústicos. Se considera predios a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes del mismo, que no puedan ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificación.

Cabe mencionar, que la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial corresponde a la municipalidad distrital donde se ubica el predio.

“Todos los propietarios están obligados a realizar este pago anual hasta febrero de cada año, o también puede ser fraccionado en cuatro partes (febrero, mayo, agosto y noviembre)”, manifiesta el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez, a Andina.

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Además, detalla que el es el monto que se establece por el valor del predio, de acuerdo a algunos criterios aprobados por el todos los años.

En ese marco, Gálvez indica que el impuesto predial se calcula mediante una escala progresiva, considerando el valor del autovalúo dividido en Unidades Impositivas Tributarias (UIT):

¿Cómo se calcula el autoevaluó?

  • Si el valor del autovalúo es hasta 15 UIT se pagará el 0.2% de dicho valor.
  • Si el autovalúo está entre más de 15 UIT y 60 UIT se pagará el 0.6%.
  • Si el valor del autovalúo supera las 60 UIT, se pagará el 1%.

Descuento o exoneración

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Para el caso de , existe un beneficio para disminuir o exonerar el pago de este tributo municipal a los adultos mayores de 60 años.

“Dicho beneficio está dirigido a todas las personas mayores de 60 años, ya no solo para los pensionistas. Pero también deben cumplir el requisito de tener un ingreso mensual que no exceda 1 UIT”, sostiene Gálvez.

El especialista explica que para acceder al descuento o exoneración del impuesto predial que beneficia a los de 60 años, se tiene que deducir un monto equivalente a 50 UIT del valor de su autovalúo.

Es decir, que si el valor del autovalúo excede las 50 UIT se deberá pagar el Impuesto Predial sólo por la diferencia restante.

“Considerando que 50 UIT son S/ 247,500, ese el monto que un adulto mayor de 60 años puede deducir de su autovalúo en el 2023. Por lo tanto, si el autovalúo de la es de S/ 246,000, no pagará el Impuesto Predial”, detalla Álvaro Gálvez.

“Pero si el valor del autovalúo es superior a los S/ 247,500, el adulto mayor tendrá que pagar el Impuesto Predial considerando solo por lo que sobrepase ese monto”, finaliza.

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