Hoy en día cuando se despide a trabajadores en cargos de confianza, el Poder Judicial opina que a estos no les compete reposición ni indemnización alguna, afirma Eric Castro Posadas, del estudio Miranda & Amado,

“El problema aquí está en que no hay predictibilidad en el tratamiento del despido de este tipo de trabajadores. Mañana todo podría cambiar. Por ejemplo, el nuevo reglamento propuesto por el Ministerio dice que estos trabajadores sí tienen derecho a una indemnización, lo cual va en contra de la linea de pensamiento que se ha estado generando jurisprudencialmente todos estos años”, sostiene.

¿Como actuará Sunafil frente a esto? ¿Se guía por lo que opinan los jueces o por el tratamiento del Poder Ejecutivo hacia los empleados en puestos de confianza? No hay respuesta alguna.

Para poner en contexto la situación legal precaria de este tipo de casos, un reciente pleno ha dictado que sí compete la reposición a este tipo de trabajadores en el caso hayan llegado a sus puestos de confianza mediante el ascenso. Si es así, el empleado podría ser regresado a su puesto anterior a haber ascendido.

Sin embargo, no definen que ocurriría con respecto a su sueldo. ¿Se reduce? ¿Se mantiene como era antes del despido? No se han pronunciado y esto genera debate.

Muchos empleadores piensan que sería mejor simplemente pagar un indemnización y deshacerse de una posible reposición del trabajador, ya que no se quieren asumir sueldos mayores para un puesto de menor responsabilidad y esto desprotege a los trabajadores.

Se deben crear nuevas propuestas por parte de los sindicatos que busquen superar esta situación.