Indecopi impone derechos antidumping definitivos a importaciones de tejidos de China. (Foto: GEC)
Indecopi impone derechos antidumping definitivos a importaciones de tejidos de China. (Foto: GEC)

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi impuso derechos definitivos sobre las importaciones de tejidos de ligamento tafetán 100% poliéster, originarios de China.

Mediante la , que se publicó hoy en Normas Legales del diario El Peruano, se indicó que impuso derechos antidumping definitivos de US$ 3.55 por kilogramo sobre las importaciones de tejidos 100% poliéster, crudos, blancos o teñidos de un solo color, de ligamento tafetán, con un ancho menor a 1.80 metros, de peso unitario entre 80 gr./m² y 200 gr./ m², cualquiera sea el uso declarado.

Este para el caso de productos elaborados en base a fibras discontinuas con un contenido superior o igual al 85% en peso, originarios de la República Popular China, por un periodo de cinco años a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

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En la norma también se dispuso notificar la presente resolución, conjuntamente con el informe Nº 002-2023/CDB Indecopi, a las partes apersonadas al procedimiento y poner la misma en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), para los fines correspondientes.

De acuerdo al análisis del informe, luego de realizar una comparación equitativa entre el precio de exportación y el valor normal de los tejidos de ligamento tafetán 100% poliéster de origen chino, de conformidad con el artículo 2 del Acuerdo Antidumping, se ha determinado la existencia de una práctica de dumping en las exportaciones al Perú de los tejidos de ligamento tafetán 100% poliéster de origen chino objeto de investigación (margen de dumping de 81.9%), durante el periodo de análisis (enero–diciembre de 2021).

Las importaciones del producto chino objeto de investigación han registrado un elevado margen de dumping (81.9%) durante el periodo empleado para el análisis de dicha práctica de comercio desleal (enero–diciembre de 2021), apreciándose que, en ese periodo, el volumen de las importaciones del producto chino objeto de investigación en términos relativos a la producción nacional superó los niveles observados en todos los años previos comprendidos entre 2018 y 2020″, se lee en la norma.