Las empresas tienen hasta el 15 de julio para depositar la primera gratificación del 2019. (Foto: GEC)
Las empresas tienen hasta el 15 de julio para depositar la primera gratificación del 2019. (Foto: GEC)

El 15 de julio vence el plazo para que todas las empresas del sector privado entreguen a sus trabajadores la de Fiestas Patrias, un derecho laboral que se da dos veces al año, (Julio y diciembre) y que se calcula en base a la remuneración mensual del trabajador. Si este tiene seis meses de labor completa, se le entregará una remuneración integral, en tanto, si tiene meses parciales se le va a entregar un sexto por cada mes trabajado en el semestre.

Por otro lado, si el empleador no realiza el depósito el día 15 del mes de julio, la empresa entra en una situación de incumplimiento. De ser verificado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), la primera acción que esta tomará será solicitar que subsane, lo que implica el pago de este beneficio más los correspondientes intereses moratorios.

Entonces, ¿qué debe hacer el trabajador que se ve inmerso en esta situación?

El trabajador puede cursarle una comunicación al empleador. En caso este no responda, puede ir directamente a la Sunafil para que los inspectores de la entidad se dirijan a su empresa a verificar el reporte.

Cabe señalar que no tendrá ningún problema pues una de las ventajas del sistema inspectivo es que las denuncias son anónimas.

Al finalizar la inspección laboral se advierte la falta de pago de las gratificaciones, el inspector emitirá una medida de requerimiento otorgando a la empresa un plazo para su abono al personal. El plazo lo fija el inspector.

Si pese a ello, la empresa no cumple con esta subsanación, será multada con hasta 93.375 soles, dependiendo del número de trabajadores afectados.