(Foto: Gestión.pe)

Marino Aguirre Huarez, abogado laboralista del estudio Martinot, conversó con Gestión.pe sobre varias dudas que tienen los trabajadores acerca de la de julio.

¿Cómo calcular la gratificación?
La gratificación legal se calcula en base a la remuneración mensual del trabajador. Si tiene seis meses de labor completa, se le entregará una remuneración integral. Si tiene meses parciales de ese semestre, se le va a entregar un sexto por cada mes trabajado en cada semestre.

¿Hasta cuándo tienen las empresas plazo para depositar la gratificación?
Todas las empresas tienen hasta el 15 de julio para la gratificación de y hasta el 15 de diciembre, para la de Navidad.

¿Qué sanciones hay para aquellas empresas que no cumplan con el plazo?
A partir del día 16 de este mes, la empresa entra en una situación de incumplimiento, con lo cual, de ser verificado por la , la primera acción que tomará esta entidad va a ser solicitar que subsane, lo que implica el pago de este beneficio más los correspondientes intereses moratorios.

En caso no cumpla con esta subsanación, las multas para el caso de las empresas que no son pymes, están entre S/ 5,600 y S/ 93,375, dependiendo del número de trabajadores afectados. Si son pequeña empresa, las multas están entre S/ 1,877 y S/ 18,675.

¿Qué debe hacer el trabajador si no le pagan la gratificación en la fecha correspondiente?
Puede cursarle una comunicación al empleador. En caso este no responda, puede ir directamente a la . Obviamente, no es necesario hacer el reclamo directo para ir a esta institución.

Justamente, una de las ventajas del nuevo sistema inspectivo es que las denuncias son anónimas, con las cuales los inspectores del Sunafil pueden ir a la empresa sin indicar el nombre del trabajador que ha denunciado el incumplimiento, porque puede haber otros empleados en la misma situación.

¿En qué caso un trabajador no recibe la gratificación?
El único régimen que no tiene derecho a las gratificaciones es la micro empresa. En los demás los montos van a variar y las formas, dependiendo de cada régimen laboral.

¿Qué ocurre si el trabajador renuncia a la empresa semanas o meses antes de la fecha del depósito de gratificación?
La fecha de corte para la determinación de la gratificación de Fiestas Patrias es el 30 de junio. Entonces, se va a verificar si trabajó entre enero y junio para que reciba una gratificación completa. Si el empleado ingresa al centro de labores, por ejemplo, el 15 de enero, debido a las normas de gratificación que son calculadas en función a meses completos, entonces esta persona solo recibirá 5/6 de su remuneración el 15 de julio.

En sentido inverso, si la persona ya venía trabajando y cesa a mitad de semestre o en algún periodo, se le va a calcular tantos sextos sobre su remuneración, como meses completos hubiera trabajado. Lamentablemente, en este beneficio, los días no se toman en consideración. Si un trabajador ingresó el 15 de enero, perdió enero; si se retira el 15 de junio, también pierde junio.

¿Y si el trabajador es despedido?
No interesa la forma de cese, solo el tiempo laborado para la obtención del beneficio
. Ya sea por renuncia, por mutuo disenso, por muerte incluso o por despido, la ley establece que producido el cese del trabajador, el empleador tiene 48 horas para emitir la liquidación de beneficios sociales, dentro de la cual se incluye el pago de gratificación trunca.

¿Qué otros casos excepcionales se pueden presentar con respecto a la gratificación?
El caso más común es el de las personas que tienen una remuneración integral anual. Ellas, por mandato legal, si ganan más de 2 UIT (S/ 8,300), tienen derecho a hacer un acuerdo con el empleador para que en un pago mensual no solo esté considerada su remuneración del mes, sino también su gratificación.

Este caso es interesante, porque es el único supuesto en el cual la gratificación se paga en una fecha que no es el 15 de julio o el 15 de diciembre.