Empleo juvenil. (Foto: Archivo)
Empleo juvenil. (Foto: Archivo)

La ley de Productividad y Competividad Laboral señala la posibilidad de contratar a trabajadores bajo un régimen de tiempo parcial. Esta norma permite que un empleador pueda contratar “sin limitación” alguna a trabajadores bajo esta modalidad especial, pero no definió exactamente como se regulaba este tipo de contrato laboral.

El Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo señala que los trabajadores a tiempo parcial tienen beneficio a los “beneficios laborales” siempre que para su percepción no se les exija el cumplimiento de 4 horas diarias de labor.

Como se puede apreciar, la normativa existente era algo vaga acerca del tema, por lo que en el 2018 el MTPE emitió un informe (Informe N° 136-2018) mediante el cual aclaraban las dudas acerca del contrato de trabajo a tiempo parcial, el cual analizaremos a continuación.

Horarios

El Informe aclaró que la jornada laboral de un trabajador a tiempo parcial no puede ser mayor a 4 horas diarias. Este tiempo se calcula dividiendo el tiempo total del trabajador en la semana entre 5 o 6 días, dependiendo de la jornada que se maneja en el centro de trabajo. Es decir, si en una empresa solo se labora de lunes a viernes, se divide el total de horas trabajadas entre 5. Lo contrario se aplicaría para empresas con jornadas de lunes a sábado.

Por lo tanto, si un trabajador labora por 12 horas un día y por 8 horas otro día y descansa el resto de la semana, solo habrá laborado 20 horas semanales. Entonces, si se dividiese entre número entre 5 o 6, el trabajador aun sería considerado un trabajador a tiempo parcial, ya que su promedio de horas diarias no supera las 4 horas.

Caso similar se dará si se trabaja 5 horas los días lunes, miércoles y viernes en una empresa donde se trabajan 5 días a la semana. Ya que solo se han laborado 15 horas semanales, al dividir este número entre los 5 días aplicables, tenemos un número menor a 4 horas diarias, por lo que el contrato de part-time se estaría respetando.

Entonces, si un trabajador labora hasta un máximo de 20 horas semanales en una empresa con jornadas de lunes a viernes se lo considera un trabajador part-time. Asimismo, si labora 24 horas semanales en una empresa con jornada de lunes a sábado, también se le considerará un trabajador a tiempo parcial.

Salario

Acerca del sueldo de los trabajadores, la Resolución Ministerial 091-92-TR señala que “el servidor que labore menos de cuatro (4) horas diarias, percibirá el equivalente de la parte proporcional de la Remuneración Mínima Vital establecida tomándose como base para este cálculo el correspondiente a la jornada ordinaria del centro de trabajo donde presta servicios”.

Esto significa que la remuneración de un trabajador a tiempo parcial es proporcional al tiempo que labora con relación a la jornada de trabajo regular de la empresa. Si la jornada regular es de 8 horas, y el trabajador a tiempo parcial solo trabaja 2 horas diarias, solo recibiría ¼ de la RMV (ya que 2 horas es un cuarto de 8 horas).

Otros Beneficios

Los trabajadores a tiempo parcial gozan de muchos otros beneficios de ley.

Estos incluyen la asignación familiar, en caso tengan una familia que mantener, el derecho a feriados, el descanso semanal, la gratificación por fiestas patrias y navidad, la participación en las utilidades de la empresa, al seguro social, al sistema pensionario y a vacaciones.

Sin embargo, no tienen derecho a una indemnización por despido arbitrario, ya que no se les considera trabajadores estables y no tienen derecho a la compensación por tiempo de servicios (CTS).

Recordamos, además, que los trabajadores a tiempo parcial no tienen derecho a pagos de horas extra ya que si trabajaran más de 4 horas diarias a la semana, se desnaturalizaría su contrato a tiempo parcial y se tendrían que incluir en la planilla como trabajadores regulares.

Porcentaje de trabajadores

De acuerdo al abogado laboralista, Jorge Luis Acevedo Mercado, el informe 91-92-TR ha señalado que no existe limitación porcentual para contratar personal a tiempo parcial ni limitación respecto a la posibilidad que tienen el trabajador y el empleador para convenir la duración de una jornada a tiempo parcial, por lo que los trabajadores a tiempo parcial podrían llenar el total de la planilla, en casos extremos.