Se considera trabajadores a tiempo parcial a quienes tras la sumatoria de horas de trabajo semanal, al dividirse entre cinco o seis (según la cantidad de días laborados en la semana) les genere como resultado un promedio menor a cuatro horas diarias.
Se considera trabajadores a tiempo parcial a quienes tras la sumatoria de horas de trabajo semanal, al dividirse entre cinco o seis (según la cantidad de días laborados en la semana) les genere como resultado un promedio menor a cuatro horas diarias.

Los trabajadores a tiempo parcial tienen el derecho a gozar un mínimo de días de vacaciones por cada año de labores, sostiene la Sunafil.