Entre los lineamientos dados, se estableció que la participación accionaria del sector privado será evaluada por Fonafe. (Foto: GEC)
Entre los lineamientos dados, se estableció que la participación accionaria del sector privado será evaluada por Fonafe. (Foto: GEC)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió una norma para regular la participación accionaria del sector privado en las empresas del Sector Público No Financiero bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe).

Mediante decremo supremo Nº 214-2019-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se tiene por objeto establecer los niveles de participación accionaria mínima de un inversionista o grupo económico del sector privado en las empresas del Sector Público No Financiero bajo el ámbito del Fonafe y establecer los Sistemas Administrativos que quedan exceptuados en dichas empresas.

Entre los lineamientos dados, se estableció que la participación accionaria del sector privado será evaluada por Fonafe, sin perjuicio de las normas, directivas y acuerdos vigentes que rigen su participación.

En los contratos de transferencia o en los contratos de suscripción de acciones emitidas se debe incluir lo siguiente:

1. Las metas, objetivos e indicadores que permitan medir el desempeño de la empresa.
2. Los mecanismos para el cumplimiento de los principios del buen gobierno corporativo.
3. Los mecanismos para el seguimiento de las metas, objetivos o indicadores de desempeño.
4. Los mecanismos para el seguimiento de los planes multianuales de inversión. El Fonafe registra la información de los planes, de acuerdo a las disposiciones que establezca el MEF, a través de la Dirección General de Inversión Pública.

El nivel de participación accionaria de un inversionista o grupo económico del sector privado en las empresas del Sector Público No Financiero bajo el ámbito del Fonafe, requerido para aplicar a la excepción contenida en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1436, se fija en al menos el 30% de las acciones con derecho a voto de su capital social.

Las empresas se encuentran exceptuadas de los siguientes Sistemas Administrativos:

1. Sistema Nacional de Tesorería.
2. Sistema Nacional de Presupuesto Público.
3. Sistema Nacional de Abastecimiento.
4. Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
5. Gestión Fiscal de los Recursos Humanos.