Sunat plantea cobrar IGV a Netflix. (Foto: Pixabay)
Sunat plantea cobrar IGV a Netflix. (Foto: Pixabay)

De la misma manera que se realiza en algunos países de Latinoamérica, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria () indicó que se tiene en la mira a la plataforma digital para que puedan pagar impuestos.

Aunque esta iniciativa de gravar impuesto no es nueva, Gerardo López, reciente jefe de la Sunat, consideró que ven a la “” como una “tributación justa” y se planteará al Congreso para su evaluación.

La famosa Tasa Netflix se aplica en varios países de la región. En el país no tenemos una medida legislativa, pero como organismo técnico opinamos que es favorable una tasa de esa naturaleza. Se lo hemos trasladado al sector y este hará lo propio para hacer que finalmente se concrete. Consideramos que dentro de una tributación justa, una tasa de esta naturaleza es pertinente”, mencionó.

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De otro lado, López mencionó que también seguirán los inmensos flujos de dinero y realizarán un control minucioso de los grandes patrimonios, tanto interno como externo, con la información que ya cuentan.

También hay un enfoque sobre esos grandes flujos que no tributan”, apuntó el jefe de Sunat en conferencia de prensa.

¿En qué países Netflix paga impuestos?

En Latinoamérica, Colombia es uno de los países que estableció que las plataformas que prestan servicios digitales paguen una tasa del 19%. Mientras que Argentina impone el 21% a todos los consumos que se realicen sobre los usos de estas plataformas digitales.

En Uruguay desde enero del 2019 se comenzó aplicar un cobro del 22% al servicio de Netflix. En el 2020, a través de una reforma tributaria en Chile, se determinó que las empresas digitales como o paguen un impuesto del 19%.

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¿Cómo se realizaría el cobro?

Sunat explicó que las operaciones de plataformas como Netflix o Spotify están gravadas con Impuesto a la Renta, pero no existen mecanismos para su recaudación.

Dada esta situación, Sunat en el 2019 presentó una iniciativa al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que se pueda gravar estos tipos de servicios con la recaudación de Impuesto General a la Venta (IGV). En ese momento, la entonces jefa del ente recaudador, Claudia Suárez, sostuvo que con esa medida se podría generar entre S/ 150 millones y S/ 200 millones al año.

La medida consistía en que los bancos sean quienes retengan el impuesto cada vez que se realice una transacción entre una persona residente en el Perú y una plataforma digital.

Esto debido a que en gran medida las transacciones con estas aplicaciones se realizan con tarjetas de crédito de alguna entidad bancaria o mediante las plataformas virtuales de los bancos.

Para elaborar este modelo se tomó los ejemplos de Argentina, México y España, donde ya se hacen este tipo de cobros.

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Sobre costo para el usuario

Para Walker Villanueva, socio del estudio socio del Estudio Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría (PPU), el Impuesto a la Renta (IR) está gravado en los servicios de la plataforma digitales en general cuando se le presta servicios a una empresa.

Puso como ejemplo, cuando Netflix le factura a los hoteles por el uso de la plataforma, como es un servicio empresa a empresa, eso está sujeto a una tasa del 29.5%. “Usualmente las empresas, como Netflix, en sus contratos te dicen que el pago es libre de impuesto, entonces, en este caso el hotel tiene que asumir ese Impuesto a la Renta más el 18% de IGV a Sunat”, mencionó a Gestión.

Sin embargo, Villanueva comentó que la problemática se presenta en los casos en que el proveedor del servicio no resida en el Perú y el usuario sea una persona natural, dado que la actual normativa del impuesto no grava este tipo de operaciones. En esa línea, el tributarista propuso que se debe modificar la ley de IR e IGV y tener un mecanismo de recaudación eficiente.

Explicó que en varios países de la región se han reducido las tasas del Impuesto a la Renta en un rango de 5% a 7%. En ese sentido, sugirió que Perú debería seguir esa misma línea para evitar imponer la tasa a su máximo nivel, ya que esto incrementaría el precio del servicio de las plataformas. “En IGV, inevitablemente por principio de igualdad, iría con (una tasa de) 18%”, expresó.

Bajo ese contexto, Villanueva estima que el sobrecosto para el usuario final sería entre 23% a 25% (en caso se ponga una renta entre 5% y 7%, así como un IGV de 18%). “(En caso se apruebe la ley) si pagas US$ 10 por Netflix, adicionalmente el banco te cobraría US$ 1.8 por el IGV y se depositaría a la Sunat, pero sería ideal que Netflix se ‘moje’ con el Impuesto a la Renta”, precisó.

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