Según, el articulo 62.10 del Código Tributario la Sunat puede acceder al secreto bancario, pero solo a través de un juez.
Según, el articulo 62.10 del Código Tributario la Sunat puede acceder al secreto bancario, pero solo a través de un juez.

Tras conocerse que el Ministerio de Economía y Finanzas publicó el reglamento que establece que la Sunat tendrá acceso a cuentas financieras con montos mayores de S/ 10.000, se abrió un debate sobre la reserva de la información financiera de los ahorristas. Carlos Caro Coria, socio de Caro & Asociados, asegura que la norma es inconstitucional.