Ahora tanto el GRA como la empresa deberán acreditar sus árbitros y  programarán una  exposición  para presentar sus argumentos ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.
Ahora tanto el GRA como la empresa deberán acreditar sus árbitros y programarán una exposición para presentar sus argumentos ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.

El Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, declaró infundada la solicitud presentada por la Concesionaria Angostura Siguas (Cobra) que requería que se rechace el pedido del Gobierno Regional dede acudir a un arbitraje, en el marco del caso argumentando que no se había cumplido con los procedimientos establecidos a pesar que el “trato directo” continuaba.

Así lo dio a conocer el gobierno regional de Arequipa, a través de un comunicado, en el que se recordó que el gobernador de Arequipa, Sánchez, a través de la Procuraduría Pública de Arequipa, pidió que sea dicho Centro de Arbitraje el que determine quién tiene la razón en este proceso; sin embargo la Concesionaria formuló su oposición manifestando que el GRA no agotó el trato directo, paso previo para iniciar el procedimiento.

“Sin embargo, se demostró que la empresa Cobra fue la que abandonó dicho trato, cuando luego de firmar la adenda y entregarle el dinero solicitado e incluso haber iniciado las conversaciones por mediación de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, interpuso la caducidad del contrato”, anotó en el comunicado.

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“En el convenio arbitral contenido en la Cláusula Décimo Sexta del Contrato de Concesión para la construcción, operación y mantenimiento de las obras mayores de afianzamiento hídrico y de infraestructura para irrigación de las pampas de Siguas, de fecha 30 de abril de 2015, existe un convenio arbitral, en el cual se ha acordado que determinadas controversias deberán ser resueltas ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima”, señaló parte de la Resolución.

Cobra sostiene que la controversia debería ser resuelta mediante arbitraje internacional ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADL) y que el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) es el competente para resolver la controversia cuando no haya acuerdo de las partes sobre la naturaleza de la controversia o la cuantía de la misma, anotó el GRA.

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Tanto el GRA como la empresa, acreditarán sus árbitros, programarán una exposición y presentarán sus argumentos mediante y finalmente, con la participación de un tercer árbitro, se dará el fallo o lo que se denomina laudo arbitral.

En el mes de junio, Cobra solicitó la caducidad del contrato, argumentando 25 imputaciones graves, pero luego del análisis técnico se determinó que no calificaba ninguno y el GRA por su parte, le hizo 7 imputaciones graves, de las cuales se considera que 3, son insalvables y no están en condiciones de resolver.

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Continúan las obras

Mientras continúa el proceso en la parte administrativa, el gobernador indicó que las obras se seguirán ejecutando, como es el tema del mantenimiento del canal 9, trabajos que estarán a cargo de una empresa colombiana que ganó la licitación, por cerca de S/ 6 millones de soles.

Lo mismo se hará con el mantenimiento del túnel 9 y el canal terminal; que también forman parte del proyecto integral Majes II, ya que por allí también se trasladará agua para la segunda etapa.

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