La evasión del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) representó el 32% de lo que se dejó de recaudar el año pasado, es decir, S/ 22,634 millones, según la

De este monto, S/ 4,308 millones se explicó por operaciones no reales, que son operaciones que, a pesar de sustentarse en un comprobante de pago (formal), no se han concretado o verificado en la realidad.

“Las operaciones no reales básicamente son las facturas falsas. Estas pueden ser de dos tipos: cuando la factura en sí misma es falsa, es decir, puede estar clonada; y cuando la factura es real, pero la empresa que la emitió fue constituida sin ningún fin económico, sino solo para trasladar un crédito fiscal, un gasto, un costo de la empresa adquiriente de supuestos bienes (y servicios)”, declaró a Gestión Palmer de la Cruz, intendente nacional de Estrategias de Riesgos de Sunat.

Bajo este contexto, declaró que las acciones de fiscalización de la Sunat se concentrarán este año en dos sectores: servicios y construcción (este último incluirá a algunas empresas vinculadas al comercio de materiales). ¿Por qué estos sectores? De los S/ 4,308 millones por operaciones no reales, el 88% se explicó por operaciones en los sectores de servicios, comercio, manufactura y construcción (ver gráfico).

“Es importante señalar que esta distribución está en función a la actividad económica que este operador no real ha declarado, y a veces la actividad realizada es inexistente”, dijo.

Fiscalización

Durante el 2018 y la primera mitad de este año, se han fiscalizado 4,829 operaciones por S/ 613 millones, de los cuales 2,241 por S/ 219 millones se detectaron como no reales (291 casos están en proceso).

“El 46% de nuestras acciones estuvieron vinculadas de manera directa o indirecta a operaciones no reales. En otras palabras, cerca de la mitad de los casos que inspeccionamos, buscando que el IGV pagado sea el correcto, termina teniendo algún grado de vinculación con la operación no real”, anotó.

Por ejemplo, se detectó por primera vez un caso donde una operación no real no solo vinculaba a una empresa nacional, sino a otras en el exterior (Chile y Uruguay). Los proveedores no tenían substancia económica, y la cancelación a estos se realizó a través de bancos con cargo a cuentas de empresas vinculadas.

Durante el 2018 y hasta junio de este año, también se detectó que el 58% de trámites para obtener un RUC, estarían referidos a empresas que se han constituido con la finalidad de trasladar un crédito fiscal indebido. Y, en dicho periodo, se han emitido informes de indicios de delitos tributarios por 1,115 involucrados (115 expedientes).

Revisarán regulación a efectos de mejorar efectividad

El impacto comercial que tienen las operaciones no reales se concentra –en monto (70.7%) y número de contribuyentes (63.7%)– principalmente en Lima.

La estrategia de la Sunat para combatir ello está orientada a facilitar el cumplimiento, asistir a los contribuyentes, disuadirlos o usar el máximo rigor de la ley.

El plan de la administración tributaria busca profundizar en la investigación de casos vinculados con delito tributario, revisar la regulación a efectos de mejorar la efectividad, ampliar las acciones de control, actualizar con experiencia empresarial los perfiles de riesgo y establecer alertas preventivas.

Sobre la legislación, Palmer de la Cruz, funcionario de Sunat, declaró que esta debería permitir que la administración tributaria trate de manera diferenciada a los contribuyentes según su perfil de riesgo; además, debería mejorar la facultad de fiscalización. Hoy, Sunat tiene que probar, comprobante por comprobante, que se trata de una operación no real a pesar de conocer que una empresa es falsa.

OtroSí Digo

Gremios. Tras una reunión con los gremios empresariales, De la Cruz indicó que se ha detectado cinco elementos que deben ser abordados desde varios frentes para evitar las operaciones no reales en el país: atacar la informalidad, revisar los sistemas de pago –como las detracciones o retenciones– porque estos aseguran el pago efectivo del IGV, desarrollar una mayor seguridad jurídica, se debe revisar las exoneraciones y la efectividad punitiva para estos casos.

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