El establecimiento de nuevas tarifas deberá estar sujeto a lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas. (Foto: GEC)
El establecimiento de nuevas tarifas deberá estar sujeto a lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas. (Foto: GEC)

En audiencia pública, presentó su propuesta de factor de productividad para la determinación de las tarifas del servicio de telefonía fija que presta Telefónica del Perú a nivel nacional, y la cual, de aprobarse, y de no haber shocks inflacionarios, debería mantener estables esas tarifas hasta el 2022, según ese organismo regulador.

Así lo explicó en la audiencia Rubén Guardamino, del área de investigaciones económicas de la Gerencia de Políticas Regulatorias de Osiptel, que refirió que esta entidad debe determinar en julio próximo una decisión final sobre estas tarifas, considerando además la propuesta de factor de productividad que planteó la empresa.

La regulación tarifaria corresponde al cargo único de instalación (canasta C), a la renta mensual y llamadas locales (Canasta D), y a llamadas de larga distancia nacional e internacional (Canasta E), y rige para el periodo de setiembre del 2019 a agosto del 2022.

Guardamino precisó que el factor de productividad que propuso (de -0.43%) -y que junto con la inflación determina las tarifas finales-, no representa variaciones a la tarifa actual, fijada en S/0.05 por segundo, salvo a partir de determinadas variaciones en la inflación 

Esto significa -explicó- que si la inflación anual se incrementa sobre 3.43%, podría haber alza en las tarifas, pero si retrocede sobre 1.43%, podría haber reducciones tarifarias.

Indicó que, para mitigar este efecto, Osiptel plantea establecer un mecanismo de cobertura cuando la inflación se encuentre fuera del rango de mas o menos 1%, en torno al factor de productividad estimado (-2.43%).