Experto indica que el proyecto atenta contra la seguridad jurídica de los contribuyentes.
Experto indica que el proyecto atenta contra la seguridad jurídica de los contribuyentes.

El mes pasado, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) no puede cobrar intereses moratorios a los contribuyentes si la demora que generó estos intereses se debe al propio retraso de esta entidad o del Tribunal Fiscal.