Gobierno establecería plazo límite a las exoneraciones tributarias

Redacción Gestión

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MIGUEL ALONSO JUAPE PINTOmjuape@diariogestion.com.pe

La presión tributaria en este año se estima que alcanzará el 16%, nivel muy bajo para las necesidades nacionales.

Por ello, el Gobierno (MEF) se ha propuesto alcanzar la meta de 18%, para lo cual requiere una serie de cambios en la legislación tributaria y aduanera.

Debe considerarse que los precios de los metales tenderían a bajar, lo cual repercutirá negativamente en la recaudación.

Precisamente, en la sustentación del proyecto de ley solicitando facultades al Congreso, para legislar en materia tributaria (ver página 2), el Ejecutivo sostiene que con las medidas que propone reduciría la evasión tributaria, que ahora se ubica en rangos de 35% respecto al IGV y cerca de 50% en el Impuesto a la Renta, además de los ilícitos aduaneros, de acuerdo al texto del proyecto de ley.

Reglas clarasLa solicitud de facultades al Congreso permitirá, entre otras medidas, introducir normas generales que justifiquen las exoneraciones, beneficios e incentivos tributarios otorgados por ley, estableciendo un plazo (ante la falta de uno que lo regule expresamente).

"Hoy no existe una norma que regule cómo se establecen las exoneraciones, pues el Decreto Legislativo N° 977- fue declarado inconstitucional (en la forma)por el Tribunal Constitucional hace tres años", dijo el tributarista Walker Villanueva.

Por ello, es positivo que el Ejecutivo establezca plazo máximo, justificación e impacto económico de una exoneración (regula el fondo), explicó.

CCLPor su parte, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) criticó el pedido del Ejecutivo, pues considera que este no es puntual ni específico en cuanto a la delegación de facultades (comprende una gran cantidad de materias), y porque no incluye ninguna medida a favor del contribuyente. Además, agrega, se traza un nuevo mapa legislativo tributario, sin solucionar la informalidad y la falta de predictibilidad en la Sunat.

Al respecto, Walker Villanueva coincidió en que no se sigue un orden lógico en el pedido de delegación de facultades al Ejecutivo, pues existen proyectos de ley listos para el debate en el Congreso.

ANÁLISISWalkerVillanuevaABOGADO TRIBUTARISTA

CAMBIOS CON SESGO A FAVOR DE LA SUNATL a modificacion tributaria en un primer grupo regularía un cambio en la calificación económica del hecho imponible para que el fisco combata prácticas elusivas, no solo en casos de negocios simulados, sino cuando existan estructuras de planificación fiscal fraude a la ley o elusión, así como completar los vacíos en las normas de IGV e IR que lo permiten.En segundo lugar, se busca fortalecer las facultades de recaudación de la Sunat, estableciendo la responsabilidad solidaria del representante legal sobre las deudas de la empresa de manera objetiva (no se requerirá probar dolo o negligencia). En ese grupo están las restricciones a las medidas cautelares y otros.

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