El impuesto predial es una unidad tributaria que todo propietario debe pagar. (Foto: Pexels)
El impuesto predial es una unidad tributaria que todo propietario debe pagar. (Foto: Pexels)

Si en tus planes está ser propietario de una vivienda dentro de poco, es importante conocer algunos términos ya que tendrás que pagar impuestos a la municipalidad del distrito donde tienes el inmueble.

La idea de que todos aquellos propietarios de un bien inmueble deben aportar una cuota anual.

¿Qué es el impuesto predial?

Es una unidad de tributo anual que agrava el valor de un terreno, sea rural o urbano. Este se cancela en el municipio distrital donde se encuentra la propiedad.

El pago de este tributo permite al municipio limeño ejecutar obras y brindar servicios en beneficio de la ciudad.

¿Qué es un predio?

En Perú se considera predio a cualquier tipo de terreno, edificaciones que se encuentran en dichos terrenos o instalaciones que van a integrar los .

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Cabe señalar que los predios se califican como urbano, en un sitio poblado, o rústico, ubicado a las afueras de un área poblada.

¿Cómo se calcula el impuesto predial?

Para calcularla se requiere la declaración jurada del que el contribuyente presentó en la misma municipalidad cuando realizó el registro de la vivienda o .

Eso sí, hay especificaciones en las características del predio: área de terreno, acabados, área de bienhechuría, antigüedad de la vivienda o propiedad e instalaciones.

Para calcularlo se debe aplicar la base imponible, es decir al valor total de los predios. Realizaremos un caso hipotético:

Tramo de autovalúo (UIT)Tramo de autovalúo (S/.)Alícuota
Hasta 15 UITHasta S/ 69,0000.2%
Más de 15 UIT hasta 60 UITDesde S/ 69,000 hasta S/ 276,0000.6%
Más de 60 UITHasta S/ 276,0001%

Si el valor es de S/ 280,000.00. A los primeros S/69,000 se le aplica la tasa 0.2%.

Entre los S/69,000 y S/ 276,000 (15 UIT hasta 60 UIT) le va a corresponder la tasa del 0.6 %. Al resto le sigue el 1%.

Por lo que en este caso, el propietario debe pagar:

  • Por los primeros S/69,000, la alícuota de 138 soles
  • Por la segunda fracción, debe ser de S/ 1,242
  • Por la tercera fracción, es un monto de S/ 40

Sumando los montos, los impuestos que se cancelan ante la municipalidad es de S/ 1,420.

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¿A partir de cuánto estoy obligado a pagar?

El propietario tiene calidad de contribuyente a partir del 1° de enero del año siguiente de producida la compra.

Si tengo una casa en un distrito, pero no vivo ahí, ¿debo pagar el impuesto predial?

Todo propietario está obligado al Impuesto predial, sean personas naturales o jurídicas.

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