El trámite lo puedes hacer de manera virtual (Foto: Migraciones)
El trámite lo puedes hacer de manera virtual (Foto: Migraciones)

Si eres una con calidad migratoria de residente que por motivos de emergencia o fuerza mayor necesitas permanecer fuera del Perú por 183 días calendario consecutivos, debes solicitar la autorización de estadía fuera del país ante la Superintendencia Nacional de Migraciones. A continuación, conoce cómo hacer el trámite de manera virtual y cuál es el tiempo estimado de respuesta a la solicitud.

La calidad migratoria de residente es un beneficio que otorga el Estado Peruano, que te permite estudiar y trabajar en el país, y una forma de perderla es ausentarte del territorio nacional por más de 183 consecutivos o alternados, desde su última salida como beneficiario, en un período de 365 días, sin autorización de Migraciones. Por ello, si necesitas ausentarte del país, debes gestionar el permiso de manera formal.

¿QUÉ ES LA AUTORIZACION POR ESTADÍA FUERA DEL PAÍS?

Se trata de un permiso que las autoridades migratorias peruanas otorgan a las personas extranjeras con calidad migratoria de residentes que por motivos de emergencia o de fuerza mayor, deben permanecer fuera del país por más de ciento 183 días calendarios consecutivos. De esta manera, no se pierde la residencia.

¿CUÁLES SON LOS REQUISTOS PARA AUSENTARME DEL PAÍS MÁS 183 SI SOY EXTRANJERO?

Es importante que tu carnet de extranjería actualizado y con residencia vigente. Si lo realiza un apoderado, un representante o figura legal debe presentar lo indicado en los , indica la página de .

Requisitos

  • Carnet de extranjería actualizado y con residencia vigente
  • , debidamente llenado.
  • Solicitud del usuario exponiendo los motivos de emergencia o fuerza mayor, por los cuales solicitas el permiso.
  • Copia simple de documentos que sustenten tu pedido. Si son del exterior, deben ser autenticados por el fedatario de Migraciones.
Carné de extranjería debe estar vigente para hacer el trámite (Foto: Migraciones)
Carné de extranjería debe estar vigente para hacer el trámite (Foto: Migraciones)

Si tu apoderado presenta la solicitud (Artículo 56-A), debe presentar:

  • Carta poder simple, poder inscrito en registros públicos con vigencia de los últimos 30 días calendario o poder consular legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado.
  • Identificarse con su DNI, en caso de ser peruano. Si es extranjero, debe hacerlo con su carné temporal migratorio, carnet de extranjería, carnet de permiso temporal de permanencia o carnet de identidad emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores vigente. En este último caso, debe adjuntar adicional una copia simple del documento.
  • En el caso de extranjeros que ostenten una calidad migratoria en el Perú, deben contar con la permanencia o residencia vigente y en tanto su calidad migratoria lo habilite.

¿CUÁL ES EL COSTO PARA PEDIR AUSENTARME DEL PERÚ MÁS DE 183 DÍAS SI SOY EXTRANJERO RESIDENTE?

A continuación, conoce el costo y las formas de pago:

  • El costo: S/ 173.80 (código 07562)
  • Formas de pago: , cualquier agencia del Banco de la Nación.

¿CÓMO HAGO EL TRÁMITE PARA SOLICITAR AUSENTARME DEL PERÚ MÁS DE 183 DÍAS SI SOY EXTRANJERO?

El trámite lo puedes hacer de manera virtual virtual:

  • Ingresa a la
  • Ingresa tus datos personales y haz clic en “Verificar”.
  • En “Mesa de Partes Digital” busca “Trámites TUPA”
  • Selecciona “Permiso especial para permanecer fuera del país más de 183 días sin pérdida de residencia”.
  • Ingresa tus datos personales y los del recibo de pago por derecho de trámite.
  • Adjunta los documentos solicitados en los requisitos en formato PDF.

¿CUÁNDO DARÁN RESPUESTA A MI SOLICITUD?

En un plazo no mayor a 30 días hábiles, la entidad enviará a tu correo electrónico la resolución de tu solicitud.

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