Bono lactancia 2024: Conoce más sobre este subsidio de EsSalud.
Bono lactancia 2024: Conoce más sobre este subsidio de EsSalud.

El (EsSalud) proporciona un beneficio económico conocido como el , el cual se entrega a la madre de familia del (vivo) de un asegurado. Este bono tiene un importe equivalente a S/ 820.

En caso de parto múltiple, el subsidio se abona por cada niño. Además, el asegurado titular deberá estar acreditado y trabajando en la fecha de nacimiento del recién nacido.

Para solicitar el , tendrás un plazo de noventa y ocho (98) días más 6 meses contados desde la fecha de nacimiento del menor. En caso de parto múltiple, se adicionan 30 días.

Subsidio por lactancia en Perú: ¿de cuánto es, qué entidad lo otorga y en qué casos? | Foto: ESSALUD
Subsidio por lactancia en Perú: ¿de cuánto es, qué entidad lo otorga y en qué casos? | Foto: ESSALUD
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Requisitos para cobrar bono lactancia 2024

  • El infante debe estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
  • El asegurado titular deberá estar acreditado y trabajando en la fecha de nacimiento del recién nacido.
  • También deberá contar con tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos de aportes, dentro de los seis meses calendario, anteriores al mes del nacimiento vivo del niño(a).
  • Para solicitar este subsidio se tendrá un plazo de 98 días más seis meses, contando desde la fecha de nacimiento del infante. En caso de parto múltiple, se suman 30 días a este plazo.

Formularios para reclamar el bono lactancia 2024

Subsidio por Lactancia: Te contamos en qué consiste, cuánto es el monto de subvención y demás datos sobre el otorgamiento del beneficio económico a cargo de EsSalud. (Foto: gob.pe)
Subsidio por Lactancia: Te contamos en qué consiste, cuánto es el monto de subvención y demás datos sobre el otorgamiento del beneficio económico a cargo de EsSalud. (Foto: gob.pe)
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Para casos especiales:

  • Si la madre del lactante es menor de edad y soltera, el subsidio se pagará a través de su padre, madre o tutor, para lo cual deberá presentar copia y mostrar el original del documento que lo acredite como padre, madre o tutor. Ante la ausencia de estas tres personas, se pagará directamente al asegurado.
  • Si la madre es declarada incapaz, se deberá presentar la sentencia judicial que acredite a su curador, quien recibirá el subsidio.
  • Si la madre del lactante falleció, el padre o tutor deberá presentar la partida o acta original de defunción de la madre; y un documento que acredite la tutela del menor.
  • En el caso de que el menor se encuentre en estado de abandono, se deberá presentar un documento que acredite la tutela del lactante.
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