La semana pasada el Congreso aprobó por insistencia una serie de modificatorias y la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho ya no funcionará en terrenos de la UNMSM.
La semana pasada el Congreso aprobó por insistencia una serie de modificatorias y la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho ya no funcionará en terrenos de la UNMSM.

A través de la publicación de la modificatoria de la Ley 29659, el C oficializó la nueva ubicación de la . La norma publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, fue aprobada por insistencia.

La norma modifica los artículos 1, 2, 3 y 4, y de la segunda y tercera disposiciones complementarias finales de la Ley 29659, Ley que crea la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho.

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Cambio de ubicación

En la ley aprobada en el 2011 se establecía que la casa de estudios se creaba como persona jurídica de derecho público interno sobre la base de la sede de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el kilómetro 10.5 de la avenida Wiese en San Juan de Lurigancho.

Con la modificatoria, la sede universitaria estará ubicada en un terreno ubicado en el lote 3, etapa segunda, grupo cuatro, del pueblo joven Cruz de Motupe, ubicado en el mismo distrito, inscrito en la partida PO2017464 del Registro de Predios de Lima.

Otra de las disposiciones complementarias modificadas precisa que la casa de estudios será conducida y dirigida por una comisión organizadora designada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 30220, Ley Universitaria.

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Carreras profesionales

La Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho estará habilitada para ofrecer las de acuerdo con la demanda laboral, relacionada con las políticas nacionales y regionales de educación superior universitaria de conformidad con la legislación vigente.

Antes se especificaba que solo podía ofrecer cinco carreras: ingeniería mecánica, ingeniería industrial, contabilidad, ingeniería informática y sistemas, y administración.

Se precisa además que los recursos de la casa de estudios provienes de los recursos ordinarios o asignaciones provenientes del tesoro público, recaudación directa por sus bienes y servicios, donaciones de cualquier naturaleza y fuente lícita, entre otros.

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