Del total de inhabilitados para ejercer la función pública, 175 se encuentran con sanción vigente mientras que 29 cumplieron su sanción. (Foto: Contraloría)
Del total de inhabilitados para ejercer la función pública, 175 se encuentran con sanción vigente mientras que 29 cumplieron su sanción. (Foto: Contraloría)

La informó que un total de 204 funcionarios y fueron inhabilitados para ejercer la función pública hasta por 5 años, debido a que cometieron infracciones administrativas graves o muy graves en la administración pública, de manera intencional o no ejercieron su función con diligencia, ocasionando un perjuicio al Estado.

Del total de inhabilitados para ejercer la función pública, 175 se encuentran con sanción vigente mientras que 29 cumplieron su sanción. El listado de los inhabilitados se encuentra publicada en el portal institucional de la Contraloría General y se actualiza al término de cada mes. Ingrese a este .

La presunta responsabilidad administrativa grave o muy grave fue identificada en los informes de control posterior y corroborada en un donde se respetó el debido proceso que incluye, entre otros, el derecho de defensa, el principio de legalidad y el de tipicidad.

LEA TAMBIÉN: Contraloría detecta transacciones irregulares por S/ 16 mil millones en contrataciones

Cabe precisar que los hechos identificados y sancionados por el PAS corresponden a irregularidades que se concretaron desde la vigencia de la Ley N° 31288 que restituyó la capacidad de sanción de la entidad de control.

Infracciones más recurrentes

Las conductas infractoras más recurrentes y que han derivado en la inhabilitación de y servidores son:

  • Actuar en forma parcializada en los contratos, licitaciones y otros procedimientos
  • Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, haciendo uso de su cargo o autoridad
  • Incumplir, negarse o demorar de manera injustificada e intencional, el ejercicio de las funciones a su cargo.

Principales casos PAS sancionados

Entre los inhabilitados por el figuran exfuncionarios y exautoridades electas, tales como:

  • El exgerente general de Petroperú por el uso irregular de vehículos del Estado.

Sanción:

  • Dos miembros del comité de selección a cargo de la licitación para la construcción del Puente Vehicular Tarata (San Martín) por actuar parcializadamente en el procedimiento de selección.

Sanción:

  • El exalcalde de la Municipalidad Distrital de Morales (San Martín) quien procuró el beneficio ilegal a contratista al disponer la devolución de las garantías de adelantos directo y para materiales cuando no correspondía.

Sanción:

  • Tres exfuncionarios de por procurar beneficio indebido a favor de una empresa en un proceso de adquisición de biodiesel.

Sanción:

LEA TAMBIÉN: Contraloría calificó de tendenciosa declaración de Otárola quien puso en duda su transparencia

Procesos PAS en marcha:

Al 29 de febrero del 2024, se ha iniciado un Procedimiento Administrativo Sancionador a un total de 1,180 funcionarios y servidores públicos a quienes se les ha identificado presunta responsabilidad PAS en los informes de control posterior.

De comprobarse su responsabilidad, aquellos funcionarios y que cometieron infracciones administrativas muy graves podrían ser inhabilitados para el ejercicio de la función pública de 1 hasta 5 años; mientras que aquellos que incurrieron en infracciones administrativas graves pueden ser sancionados con la inhabilitación inmediata para el ejercicio de la función pública durante 60 días hasta un máximo de un año.

Conductas infractoras

De acuerdo a la Ley N° 31288, la está en capacidad de sancionar con inhabilitación para ejercer la función pública a los funcionarios y servidores públicos que incurran en alguna de las 32 conductas infractoras.

Entre ellas, figura: actuar en forma parcializada en los contratos o licitaciones, beneficiando a un tercero o a sí mismo, ocasionando un perjuicio al Estado; la contratación de bienes, servicios u obras sin procedimiento de selección, cuando la normativa dispone su obligatoria realización; dar la conformidad a bienes, prestación de servicios o ejecución de obra que no se hayan ejecutado o brindado, o que no cumplan con las condiciones contractuales, ocasionando un perjuicio al Estado.

Además, se sancionará el incumplimiento funcional evidenciado en situaciones de emergencia declaradas conforme a ley y que ocasionen la no prestación de algún servicio o la no entrega de un bien, subsidio monetario o prestación económica, por parte del Estado, o que, la prestación o entrega no sea oportuna cuando éstas sean parte de las medidas establecidas para afrontar la referida emergencia.

De igual manera, sucederá con quienes obtengan o procuren beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otro, haciendo uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia o suministrando información privilegiada o protegida, o incumpliendo o retrasando el ejercicio de sus funciones, ocasionando perjuicio al Estado.

También podrían ser inhabilitados para ejercer la función pública quienes autoricen o ejecuten operaciones o gastos no autorizados por ley o por la normativa aplicable; usar los bienes o recursos públicos incumpliendo las normas que regulan su ejecución o uso; percepción de doble remuneración en el sector público, entre otros supuestos previstos en la citada ley.

Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.