El defensor del Pueblo opinó sobre la decisión de la Municipalidad de Lima de terminar contrato de Rutas de Lima por ser “lesivo y vulnerar derechos”. Foto: GEC
El defensor del Pueblo opinó sobre la decisión de la Municipalidad de Lima de terminar contrato de Rutas de Lima por ser “lesivo y vulnerar derechos”. Foto: GEC

El , , se pronunció este martes sobre la decisión de la de terminar el contrato con , que -pese a esta medida- se mantendrá el cobro del . Para el titular de esta institución la comuna metropolitana no tiene un apoyo por parte del Estado.

El fin del contrato debe ser lícito, y ¿cómo puede ser licito si un contrato contraviene la Constitución Política del Perú en términos de intransitabilidad que es un derecho inherente al ser humano, cómo puede ser licito si hay una cláusula de redondeo contrario al Código del Consumidor, y cómo puede ser lícito cuando -además- de todo esto nace producto de un acuerdo solo con el ánimo de perjudicar al Estado? Creo que el Estado ha dejado en la orfandad a la Municipalidad de Lima, dijo en diálogo con RPP.

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Para Gutiérrez Cóndor este tema debe ser resuelto en el Tribunal Arbitral Ad hoc, pero aclaró que la medida legal tendría que ser diferente a la ejercida por la comuna liderada por el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga.

“Pensamos distinto a la Municipalidad de Lima. Eso no quiere decir que vamos a oponernos a las acciones que tienen que hacer. Pensamos distinto porque ellos parten de la idea que el contrato es válido, y lo único que están haciendo es activar la cláusula 17.7, que firmaron entre partes, que viene hacer la resolución del contrato por caducidad. Cuando ellos aplican eso ¿qué implica? Que van a pagar una penalidad, o sea, la Municipalidad de Lima va a pagar una penalidad y esa penalidad equivale entre 200 a 500 millones de soles”, explicó.

En resumen -agregó- si se diera la aplicación de esa cláusula, el gran ganador será la empresa contratante: , y la municipalidad tendría que asumir el pago de esa cláusula de caducidad.

“La Defensoría piensa que ese contrato es espurio, es nulo de pleno derecho. Por proteger la estabilidad jurídica, que es la garantía de la inversión privada, no podemos someternos a un acto contrario a la ley y a un acto que ha vulnerado”, remarcó.

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En esa línea, el Defensor del Pueblo sugirió que el Estado debe intervenir.

“Tiene que acudir el Estado Peruano, el Ministerio de Justicia, a través de su Procurador que debe decirle al árbitro internacional que este contrato es nulo porque nació de la corrupción”, dijo.

“Han pasado 10 años y no hay ninguna solo demanda de nulidad del contrato. Lo que ha existido son cuestionamientos a clausulas a modificaciones extracontractuales cuando el fondo del asunto que este contrato es espurio”, añadió.

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Cabe resaltar que el Tribunal Arbitral Ad hoc bajo el reglamento de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) ordenó a la suspender el proceso de caducidad del contrato con Rutas de Lima, hasta resolver la controversia entre dos partes.

“El Tribunal, por unanimidad, decide ordenar que se mantenga el status quo hasta que se dirima la controversia objeto del presente procedimiento, suspendiendo el procedimiento de caducidad del contrato en curso, durante el trámite del presente arbitraje”, se lee en la resolución.

Asimismo, la clasificadora Apoyo & Asociados señaló que la controversia arbitral tardará en resolverse entre 18 y 24 meses y mientras ello suceda, los conductores deberán seguir abonando los montos habituales de peaje.

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