Para el caso de aquellas líneas telefónicas con portabilidad efectuada y deudas pendientes de pago, la Defensoría plantea comunicar al abonado el monto adeudado y advertir que el servicio será suspendido en caso no pague la deuda respectiva. Foto: Defensoría.
Para el caso de aquellas líneas telefónicas con portabilidad efectuada y deudas pendientes de pago, la Defensoría plantea comunicar al abonado el monto adeudado y advertir que el servicio será suspendido en caso no pague la deuda respectiva. Foto: Defensoría.

Con la finalidad de evitar los riesgos de suplantación de identidad en las solicitudes de portabilidad -realizadas por terceros para cometer fraudes financieros, la sugirió al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – , especificar el Reglamento de en el Servicio Público Móvil y en el Servicio de Telefonía Fija.

Añadió que se de especificar también y los pasos a seguir por el personal de las empresas de telefonía durante la validación de la identidad del abonado.

Por ejemplo, el empleo del sistema de verificación biométrica de huella dactilar y el uso de la contraseña única, otorgada por la empresa al abonado del servicio, para así evitar suplantaciones usadas por terceros para cometer fraudes digitales financieros, dijo la adjunta para los Servicios Públicos de la Defensoría del Pueblo, Lissette Vásquez.

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La recomendación se plantea en el marco del conjunto de aportes al proyecto de Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y en el Servicio de Telefonía Fija, aprobado por OSIPTEL, que incorpora cambios a las condiciones para que los usuarios ejerzan el derecho a la portabilidad numérica (cambio de una empresa operadora a otra manteniendo el mismo número), específicamente sobre el proceso de evaluación y ejecución de la portabilidad, y la información que las empresas de telefonía deben brindar a los usuarios.

En el informe de comentarios al proyecto de Reglamento (, también se sugiere que, previo al cambio de operador, las empresas de telefonía verifiquen la entrega del SIM Card físico (chip) al solicitante, cumplan con enviar el nuevo contrato de prestación del servicio e informen al abonado a través de su número telefónico a portar, la fecha y hora programada para la portabilidad.

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Montos adeudados

Asimismo, para el caso de aquellas líneas telefónicas con portabilidad efectuada y deudas pendientes de pago, la Defensoría plantea comunicar al abonado el monto adeudado y advertir que el servicio será suspendido en caso no pague la deuda respectiva.

La institución resaltó que garantizar la seguridad del proceso de portabilidad numérica es de especial relevancia, por ser un mecanismo que promueve la competencia entre las empresas de telefonía y permite a los usuarios elegir a la empresa que ofrece los servicios y planes más convenientes a sus necesidades.

En ese sentido, saludamos la iniciativa normativa del Osiptel y reiteramos la importancia de incorporar en el proyecto los cambios necesarios para proteger los derechos e identidad de los usuarios.

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