El ministro de Transportes, Edmer Trujillo, destacó que con el decreto emitido hoy por su cartera se busca reforzar la prohibición de brindar el servicio de taxi en moto lineal.

Asimismo, se deben bloquear los aplicativos y páginas web que ofrezcan este servicio.

“De acuerdo al Decreto Supremo publicado por el sector, las operadoras de telefonía deben bloquear los aplicativos y páginas web que ofrezcan el servicio de taxi en moto por tratarse de algo prohibido", señaló hoy Trujillo en Canal N.

“Es tarea de las municipalidades la fiscalización en las calles. Ellas pueden disponer multas, la retención de licencias y decomisar las motos que presten este servicio", agregó.

"Esta es una medida firme para combatir la informalidad en el servicio de transporte, pero la ciudadanía también debe ser consciente del peligro de usar esa clase de servicios", anotó.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó este jueves el Decreto Supremo Nº 035-2019-MTC que busca erradicar el servicio de transporte en motocicletas y motos con sidecar (vehículo de una rueda enganchado al costado de una motocicleta).

Según la disposición aplica para la prestación del servicio de taxi en vehículos menores no solo en la vía pública, sino también a través de apps.

En concreto se declara de manera expresa la prohibición de vehículos de dos ruedas para el transporte de pasajeros. Vale recordar, que la norma peruana ya establecía que solo se puede prestar este servicio con vehículos de categorías M1 y M2 (autos o camionetas).

“Se encuentra prohibida la prestación del servicio especial de transporte público de personas en taxi en otra y otras categorías vehiculares distintas a la M1”, indica la norma. Sin embargo, aclara que los vehículos de la categoría L5, en la que figuran los vehículos conocidos como mototaxis, sí están permitidos de realizar el servicio.

-Bloqueo de aplicativos-

La norma indica que será la Dirección General de Políticas y Regulación de Transporte Multimodal del MTC la encargada de realizar la solicitud de bloqueo de aplicativos como Picap o páginas web que oferten y presten servicios de taxi en motos, a la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones.

Luego, esta Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, requerirá a los proveedores de servicios de internet, el bloqueo de aplicativos y/o páginas web desde el día siguiente de recibida la comunicación cursada por la Dirección General de Políticas y Regulación de Transporte Multimodal.

Finalmente, los proveedores de servicios de internet notificados con el requerimiento tienen la obligación de bloquear los aplicativos y/o páginas web en el plazo señalado por la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones.

-Infracción-

Se considera una infracción muy grave el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo del bloqueo de aplicativos y/o páginas web requerido por la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, de acuerdo a la normativa correspondiente.

Los operadores que no cumplan la solicitud del MTC para impedir la descarga de aplicaciones que ofrecen el servicio de ‘taxi’ en moto, podrían recibir una multa de hasta 350 UIT.