Ministerio de Educación. (Foto: Difusión)
Ministerio de Educación. (Foto: Difusión)

La ministra de Educación, , informó que durante el presente mes de noviembre se cumplirá con el segundo tramo del incremento de remuneraciones previsto para el 2023, mediante el cual más de 405,000 nombrados y contratados de y técnico-productiva se beneficiarán con aumentos entre S/ 250 a S/ 700, de acuerdo a su escala magisterial y jornada laboral.

La funcionaria señaló que, adicionalmente al incremento de remuneraciones, 428,204 docentes y auxiliares de educación nombrados y contratados de educación básica y técnico-productiva percibirán en noviembre una bonificación extraordinaria de S/ 220 en el marco del Convenio Colectivo 2023-2024.

Por otro lado, comunicó que durante el presente mes también se abonará el 50 % de la a más de 4,600 docentes que cesaron en diciembre del 2022.

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En ese sentido, dijo que en los próximos días se realizará la transferencia de recursos a los gobiernos regionales.

Bono dirigido a docentes y auxiliares de educación nombrados y contratados

Este bono de S/ 220 será entregado a docentes y nombrados y contratados de las Instituciones Educativas de educación básica y técnico productiva comprendidos en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, Ley 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones.

Además, integra a los de la ley 30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las ; que laboran en las unidades ejecutoras de educación de Lima Metropolitana y de los gobiernos regionales.

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Esta subvención también está dirigido a los docentes de las instituciones educativas de educación básica direccionadas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior.

Para recibir este bono, el beneficiario deberá contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023 y estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) a la fecha de publicación de la Ley 31912.

También se considera como labor efectiva si el personal beneficiario se encuentra en uso de su descanso vacacional o licencia con goce de al 30 de junio del 2023.

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