Indecopi, mediante un comunicado, indicó que no cuenta con facultades para prohibir o sancionar la intermediación de servicios de taxi a través de plataformas virtuales. (Foto: GEC)
Indecopi, mediante un comunicado, indicó que no cuenta con facultades para prohibir o sancionar la intermediación de servicios de taxi a través de plataformas virtuales. (Foto: GEC)

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) indicó que no cuenta con facultades para prohibir o sancionar la intermediación de servicios de taxi a través de plataformas virtuales.

Esto en respuesta a la reciente comunicación que realizó la Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, en la que solicita al Indecopi adoptar las acciones administrativas preventivas y/o sancionadoras pertinentes, para prohibir la intermediación del servicio de taxi mediante aplicativos virtuales con proveedores informales.

El Indecopi detalló que la regulación, autorización, gestión y evaluación de los servicios de transporte terrestre es función del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

“En aplicación del numeral 3.3 del artículo 3 de su Reglamento de Organización y Funciones, que establece su competencia para verificar la validez o legalidad de la prestación de los servicios de transporte terrestre en general”, detalló el ente regulador en un comunicado.

Asimismo, indicó que en el caso de Lima y Callao, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) tiene entre sus funciones la de aprobar las normas que regulen las condiciones de acceso y operación que deben cumplir los operadores, conductores y vehículos.

Sin embargo, informaron que han elaborado productos informativos respecto de las condiciones de diversos productos y servicios que se ofrecen en el mercado, como ‘Checa tu Taxi’, guía digital interactiva que compara la información de diferentes aplicativos de intermediación de servicio de transporte.

“(En esta aplicación) ofrecen un consolidado para que los consumidores adopten decisiones informadas. La guía interactiva no valida o respalda servicios que prestarían proveedores presuntamente informales, y solo reúne la información en un solo lugar”, se lee en el comunicado.

Por último, recomendó al Ministerio Público, dirigirse al MTC, la ATU y las municipalidades a nivel nacional, que son las entidades encargadas de regular las condiciones en las que se deben prestar los servicios de transporte terrestre a nivel nacional y local.

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