Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos incluyen electrodomésticos de alta gama, celulares, componentes y periféricos de computadora, enchufes, entre otros. (Foto: Difusión)
Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos incluyen electrodomésticos de alta gama, celulares, componentes y periféricos de computadora, enchufes, entre otros. (Foto: Difusión)

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (), dio la razón a la posición del Ministerio del Ambiente () respecto al cumplimiento de las metas de recolección de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) por parte de las empresas productoras en nuestro país.

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, en segunda instancia, revocó la Resolución 0416-2022/CEB-Indecopi, por lo que declara infundada la denuncia presentada por un grupo de empresas respecto a la metodología aplicada por la autoridad ambiental para el cálculo de las metas de recolección de ese tipo de .

De acuerdo con dicho dictamen, la decisión legal se sustentó en las facultades normativas del ministerio para imponer la medida cuestionada y en la oportuna publicación de la disposición que contiene la barrera burocrática en cuestión.

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“No contraviene ninguna otra disposición del ordenamiento jurídico”, sentencia la resolución.

El organismo sostiene que el ha actuado en el marco de sus competencias atribuidas legalmente y cumpliendo con los procedimientos y formalidades legales para imponer la medida denunciada.

Además, se concluye que se deben cumplir con las metas de recolección para las categorías 1, 2, 3 y 4 para los periodos 2020-2024, las cuales son medidas proporcionales y justificadas.

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El alega que la resolución emitida contribuye a fortalecer la institucionalidad ambiental, toda vez que protege el derecho constitucional de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado, facilita el cumplimiento de los principios de prevención, internalización de costos y responsabilidad ambiental.

Asimismo, permite el cumplimiento del plan de acción para la implementación de las recomendaciones de la evaluación de desempeño ambiental respecto a las metas de recolección de RAEE, bajo el principio de Responsabilidad Extendida del Productor.

Finalmente, el Minam exhorta a las empresas productoras -que fabrican, importan o ensamblan (AEE)- en el país a cumplir con sus metas anuales de recolección de RAEE.

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