El Ministerio de Salud dispuso la creación de la Red Oncológica Nacional, el Registro Nacional de Cáncer, el Banco Nacional de Tumores y Red Nacional de Bancos de Tumores. (Foto: GEC)
El Ministerio de Salud dispuso la creación de la Red Oncológica Nacional, el Registro Nacional de Cáncer, el Banco Nacional de Tumores y Red Nacional de Bancos de Tumores. (Foto: GEC)

A través de la Resolución Ministerial N°1244-2021-MINSA, el Ministerio de Salud () publicó el proyecto de reglamento de la Ley N°31336, Ley Nacional del Cáncer, que comprende las acciones necesarias que garanticen la cobertura universal, gratuita y prioritaria para los pacientes oncológicos, indistintamente al tipo de cáncer que padezcan.

El proyecto, publicado hoy en el Diario El Peruano, contempla el financiamiento nacional en materia de prevención y control del cáncer a fin de brindar una atención de calidad. En ese sentido, se establece que toda la población residente en el territorio peruano con diagnóstico definitivo de cáncer y que no cuente con un seguro de salud, sea afiliado de manera directa al SIS presentando su DNI o carné de extranjería.

El referido documento también considera la gestión del recurso humano en salud. En este punto se dispone incorporar materias vinculadas a la oncología dentro de la currícula de formación pregrado, y el desarrollo de capacitaciones e intercambio de conocimientos entre los servidores públicos. Todo ello, con el objetivo de promover el conocimiento en prevención y control del cáncer y permitir el desarrollo de las competencias.

Asimismo, el proyecto contempla el fortalecimiento del equipamiento biomédico y de la infraestructura hospitalaria y tecnológica con la finalidad de mejorar el acceso a una atención oportuna y de calidad.

Otro de los puntos importantes que se aborda, es reforzar las intervenciones estratégicas de promoción de la salud según perfil epidemiológico regional y local. Para ello, se aprobó el Plan Multisectorial que busca promover estilos de vida saludables y mejoras en las condiciones de vivienda, instituciones educativas y centros laborales, considerando la participación comunitaria.

En tanto, el Ministerio de Salud dispone la creación de la Red Oncológica Nacional, el Registro Nacional de Cáncer, el Banco Nacional de Tumores y Red Nacional de Bancos de Tumores.

La publicación del proyecto está sujeta a recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general; las mismas que deberán realizarse a través del correo electrónico: , durante el plazo de 15 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución ministerial.

También, se establece encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (Dgiesp) la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final del Reglamento.