Tribunal Constitucional evaluará ponencia del magistrado Carlos Ramos sobre disolución del Congreso. (Foto: GEC)
Tribunal Constitucional evaluará ponencia del magistrado Carlos Ramos sobre disolución del Congreso. (Foto: GEC)

Este martes 14 de enero el pleno del Tribunal Constitucional (TC) iniciará el debate público de la demanda competencial que presentó el presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olachea, contra la disolución del Congreso de la República.

En la reunión los integrantes del TC debatirán la ponencia que presentó días atrás el magistrado Carlos Ramos, en la que propone declarar infundada la demanda y, por tanto, declarar que la medida dispuesta por el presidente Martín Vizcarra fue constitucional.

Como se recuerda, el 30 de setiembre del año pasado Vizcarra anunció la disolución del Congreso al considerar negada cuestión de confianza que presentó el entonces primer ministro, Salvador del Solar, por el proceso de elección de los miembros del TC.

Tras ello, Pedro Olaechea presentó un recurso en octubre del 2019, en el cual planteó que el Jefe de Estado no tiene competencia para realizar pedidos de cuestión de confianza sobre temas que son de exclusiva competencia del Parlamento Nacional.

Asimismo, alegó que la cuestión de confianza solo puede ser otorgada por el Congreso de forma expresa, a través de una votación del Pleno y no de manera tácita o fáctica, que fue el argumento utilizado por Vizcarra para disolver ese poder del Estado.

El 29 de octubre el pleno del TC decidió, por unanimidad, admitir a trámite la demanda competencial que interpuso Pedro Olaechea. Además, por mayoría, el colegiado desestimó la medida cautelar para suspender temporalmente la disolución del Congreso.

En su informe de admisión, el magistrado Carlos Ramos Núñez, ponente del caso, recomendó que la demanda continúe su proceso en el interior del TC en mérito al principio ‘pro actione’, que indica que, en caso de duda, se preferirá dar trámite al mecanismo.

Por lo tanto, el Tribunal Constitucional podrá pronunciarse sobre el fondo del asunto, esto es, señalar si la disolución del Parlamento fue constitucional o no. No obstante, también existe la posibilidad que declare improcedente la demanda.