La relación de candidatos de Todos por el Perú quedó fuera de la contienda electoral, informó el JNE. (Foto: Andina)
La relación de candidatos de Todos por el Perú quedó fuera de la contienda electoral, informó el JNE. (Foto: Andina)

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente la solicitud de inscripción de listas de candidatos de Lima Provincias presentada por el personero legal titular de Todos por el Perú, Jean Zegarra Roldán, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020.

En la Resolución N°0350-2019-JNE, señaló que tal decisión obedece a que el partido político incumplió las normas de democracia interna al momento de elegir a sus postulantes, lo cual es considerado como un requisito de carácter insubsanable.

Se explica que la organización política llevó a cabo el proceso eleccionario de sus aspirantes a través de la Mesa Directiva, cuando en su estatuto figura que dichos comicios deben realizarse mediante la Asamblea Eleccionaria.

El pronunciamiento del pleno del JNE se produjo ante la apelación presentada por la exclusión de un candidato de su lista. Sin embargo, al revisar el caso el organismo electoral advirtió el incumplimiento de la democracia interna, procediendo a anular de oficio todo lo actuado y, consecuentemente, declarar la improcedencia de la nómina.

En la resolución se indica que la facultad fiscalizadora del JNE, amparada por la Constitución, obliga a que incluso en vía de apelación revise los requisitos de inscripción de listas de candidatos, “más aún si presentan defectos u omisiones que transgreden normas de democracia interna”.

De esta manera, ya no hubo mérito para pronunciarse por la apelación interpuesta y, ante esta resolución dictada en última y definitiva instancia, la relación de candidatos del citado partido quedó fuera de la contienda electoral.

Lo resuelto por el colegiado electoral se puso en conocimiento de los Jurados Electorales Especiales (JEE) que admitieron listas de candidatos de Todos por el Perú presentadas por Zegarra Roldán, a efectos de que adopten las medidas pertinentes, de conformidad con el criterio del supremo tribunal electoral, ya que todas las nóminas presentadas fueron elegidas en las mismas condiciones.