La comisión de Constitución, encabezada por Omar Chehade, debate actualmente cuatro proyectos de ley relacionados al financiamiento de los partidos políticos ad portas de los comicios del 2021.
Uno de los temas bajo la lupa es la rendición de cuentas por parte de las agrupaciones políticas
Al respecto, el presidente del JNE, Víctor Ticona, pidió que los partidos presenten sus respectivos informes sobre aportes y gastos durante la campaña electoral, y no al finalizar el proceso.
“En lo que respecta a la rendición de cuentas, los informes y la rendición de cuentas de los partidos deben hacerse en el curso del proceso electoral, y también al final del proceso electoral (…) nos parece sano que se establezca la obligatoriedad de que las organizaciones políticas deban formular sus informes en el curso del proceso electoral, con un mínimo de hasta dos veces”, indicó durante su presentación ante dicha comisión.
¿Qué dice la actual norma?
La Ley N° 30689, aprobada en el 2017, establece que para las elecciones congresales, del Parlamento Andino, regionales y municipales, los candidatos acreditan ante la ONPE a un responsable de campaña, que puede ser el candidato mismo, si así lo desea.
“El responsable de campaña tiene la obligación de entregar los informes de aportes, ingresos y gastos de su respectiva campaña electoral a la ONPE, proporcionando una copia a la organización política. Las infracciones cometidas por estos candidatos o sus responsables de campaña no comprometen a las organizaciones políticas a través de las cuales postulan”, se lee en la norma.
De igual manera, se estipula que los partidos y responsables de campaña de los candidatos, de ser el caso, “presentan informes a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, sobre las aportaciones e ingresos recibidos y sobre los gastos que efectúan durante la campaña electoral, en un plazo no mayor de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el diario oficial El Peruano de la resolución que declara la conclusión del proceso electoral que corresponda”.
Secreto bancario
En otro momento, Ticona consideró que se debería levantar el secreto bancario a los partidos políticos que están en investigación por la presunta recepción de aportes ilegales o de origen prohibido.
Tal es el caso de Fuerza Popular, Peruanos por el Kambio (hoy Contigo), Apra, Partido Nacionalista, PPC, Solidaridad Nacional, entre otros más.
“En vista del antecedente que hay, a raíz de estos procesos penales muy publicitados por los medios de comunicación contra los partidos, nosotros consideramos que habiendo de por medio un tema de interés público, sí es viable el levantamiento del secreto bancario en estas organizaciones, que puede ser reconfirmado a través de una norma legal”, acotó.
Multas electorales
Ticona planteó que los partidos políticos pierdan su inscripción ante la reincidencia en la omisión al pago de multas electorales.
El magistrado consideró que antes de pensar en una medida drástica se deberían aplicar sanciones menos gravosas a las agrupaciones
Por ejemplo, señaló que, en un primer momento, el ROP podría suspender por seis meses al partido, o cancelarles la entrega de financiamiento público directo, en caso tengan representación en el Congreso.
“En todo caso, si hubiese reincidencia, se vendría la cancelación del partido, según la gravedad de la sanción”, indicó.
Ticona recordó que el pleno del JNE, en su proyecto de código electoral, propuso aplicar sanciones progresivas a partidos políticos y movimientos regionales por financiamiento ilícito.