Decreto Legislativo del Gobierno permite a la PNP investigar sin presencia de un fiscal. Foto: Joel Alonzo/GEC
Decreto Legislativo del Gobierno permite a la PNP investigar sin presencia de un fiscal. Foto: Joel Alonzo/GEC

De todas ellas, el Decreto Legislativo (DL) N° 1605, que modifica 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal, es el que más polémica ha generado.

Dicha propuesta faculta a la investigar preliminarmente algunos delitos sin la presencia de un fiscal. Cabe recordar que desde hace meses un grupo de exministros del Interior y exgenerales de la institución pidieron al Ejecutivo y al Congreso que aprueban una norma que devuelva a la PNP la capacidad de investigar, tal como ocurría en el pasado.

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En la norma se precisa que “el fiscal conduce desde un inicio la investigación del delito, de acuerdo al principio de legalidad, coordinando con la Policía los actos de investigación. Con tal propósito la PNP debe cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función”.

Además, se modifica el artículo 65 en los términos de que “el fiscal decide la estrategia de investigación adecuada al caso, para lo cual programa y coordina con la Policía, que está a cargo de la estrategia operativa de la investigación, sobre el empleo de pautas, técnicas y medios indispensables para la eficacia de la misma”.

“En los supuestos en los que se les imposibilite a la Fiscalía estar presente en el operativo de manera inmediata, la Policía debe proceder a ejecutarlo sin su presencia cuando se amenace la vida, la integridad o la libertad personal de la víctima. Sin embargo, debe apersonarse lo más pronto posible al lugar de los hechos a fin de convalidar los actos realizados por la Policía”, se lee en la norma.

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“Es un gravísimo retroceso”

Para el exprocurador anticorrupción, Antonio Maldonado, el Decreto Legislativo es “un gravísimo retroceso” a lo que el Perú ha avanzado en estos años en materia de reforma procesal penal.

“En los países desarrollados, menos en las dictaduras, la investigación la conduce y la dirige un Ministerio Público moderno, eficiente (…) no la Policía, que es un órgano que coadyuva a la investigación, pero el conocimiento jurídico técnico no la tiene el cuerpo policial, sino el Ministerio Público”, indicó a RPP.

Agregó que los países de la región de corte autoritario, tanto de derecha como de izquierda, “usan estos modelos donde se suprime la presencia del Ministerio Público”, y que es ilusoria.

“Todo ello contradice el concepto de la debida diligencia que es pacífico, aceptado por la doctrina y la jurisprudencia de órganos internacionales de derechos humanos del mundo”, apuntó.

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El abogado advirtió que la norma en mención podrían vulnerar derechos humanos de la ciudadanía.

“En los casos en los que se investigue graves delitos como contra la vida, la integridad, incluso delitos conexos contra la propiedad, la extorsión, todos los delitos que requieren una intervención rigurosa, pero a la vez prudente y razonable requieren de parámetros muy claros, y no marcos normativos ambiguos que dan lugar a una interpretación que puede resultar (…) en lesiones de derechos ciudadanos”, cuestionó.

El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado cuestionó el Decreto Legislativo emitido por el Gobierno. (Foto: Archivo El Comercio)
El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado cuestionó el Decreto Legislativo emitido por el Gobierno. (Foto: Archivo El Comercio)

Decreto es constitucional

Por su parte, el exministro del Interior, , consideró que el Decreto Legislativo emitido por el Gobierno se encuentra “dentro de los presupuestos constitucionales”.

Recordó que, desde el año 1940 hasta la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, en el 2006, la Policía era el director de la investigación en una etapa policial, misma que luego entraba en una etapa judicial y era conducida por fiscales.

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Con la actual Constitución, según dijo, la Policía realizaba las acciones de dirección de la investigación de manera preliminar, función que se sustenta en el artículo 166 de la Carta Magna, que señala que la PNP previene, investiga y combate la delincuencia.

Ese mandato constitucional no se respetó cuando se dio el Nuevo Código Procesal Penal, por eso es que juristas reconocidos y de prestigio dicen eso, que cuando se dio el  Nuevo Código Procesal Penal no se respetó el mandato constitucional que le encarga a la Policía la investigación (preliminar) y al Ministerio Público su conducción jurídica”, acotó.

En esa sentido, explicó que, de acuerdo con la Constitución, existen dos responsables de investigar el delito, siendo estos tanto la Policía como la Fiscalía.

Cluber Aliaga indicó que el Decreto Legislativo del Ejecutivo es constitucional.
Cluber Aliaga indicó que el Decreto Legislativo del Ejecutivo es constitucional.

Finalmente, Aliaga remarcó que con esta propuesta la PNP podrá hacer los actos de investigación, que son inmediatos y urgentes en los primeros momentos en que tengan la noticia criminal, siempre trabajando de manera conjunta con la Fiscalía.

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