El JNE informó que en total se presentaron 1,240 pedidos para inscribir partidos políticos. (Foto: Mario Zapata / GEC)
El JNE informó que en total se presentaron 1,240 pedidos para inscribir partidos políticos. (Foto: Mario Zapata / GEC)

Al parecer, cada vez se incrementa la cifra de solicitudes que recibe el para inscribir partidos políticos y movimientos regionales con miras a participar en los procesos electorales.

Así lo señaló el jefe de la Oficina de Servicios al Ciudadano de la institución, , tras precisar que en total se recibieron 1,240 pedidos para inscribir partidos. De este grupo de solicitudes, se otorgó 274 reservas de denominación partidarias vigentes, que de cumplir los requisitos establecidos por ley podrían convertirse en agrupaciones políticas de alcance nacional.

Hoy por hoy, tenemos un total de 1,241 solicitudes que hemos recibido hasta la fecha de partidos políticos, de las cuales, se declararon procedentes 770 y las que en este momento se encuentran vigentes son 274″, dijo a la Agencia Andina.

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En el caso de los movimientos regionales, el funcionario indicó que se recibieron 732 solicitudes, de las cuáles, 521 fueron declaradas procedentes. Sin embargo, 185 se encuentran vigentes.

¿Cuáles son los pasos para inscribir un partido?

Grillo señaló que como paso previo a la inscripción de un partido se debe obtener un certificado de reserva de denominación que le permitirá a la agrupación el uso exclusivo del nombre escogido durante el periodo de un año.

Explicó que antes se compraba el kit electoral como primer paso para la inscripción de una agrupación, pero indicó que luego se cambió a la solicitud de reserva de denominación. Añadió que una vez declarada procedente, se emite un certificado y durante un año nadie podrá usar el nombre escogido.

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En ese periodo (un año) se tiene para poder recabar todos los requisitos que la norma establece, tendrá que tener a sus afiliados, organizar sus comités partidarios, dependiendo del alcance de la organización que quiere registrar y cuando se cumplen estos requisitos nosotros hacemos la revisión de forma y luego pasa a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas para que se vea la revisión de fondo”, acotó.

El funcionario del JNE explicó que si bien el primer paso es la reserva de denominación, luego se constata si se cuenta con el respaldo popular para cumplir el porcentaje que le pide la norma de la cantidad de afiliados, constitución de comités partidarios exigidos en la norma, de acuerdo en el ámbito al que se quiere acceder, ya sea nacional o regional.

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En caso se cumplan los requisitos establecidos por la Ley de Organizaciones Políticas, se pide una fecha y hora de atención en la Oficina de Servicios al Ciudadano del JNE para poder hacer la revisión “de forma” de los documentos.

Posteriormente, si se cumplen los requisitos de forma, la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas revisará el contenido de los libros de comités partidarios, la carta de fundación, las fichas de afiliación, la constatación de los comités partidarios, entre otros contenidos “de fondo”.

Cabe recordar que actualmente son 24 los partidos políticos inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), entre ellos, , , , , , entre otros más.

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