(Congreso)
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Varios de los congresistas que se encuentran en la comisión permanente del congreso han postulado a las elecciones para el congreso a celebrarse en enero del 2020.

Frente a esto nace la interrogante de si ellos deben suspender sus labores congresales mediante una licencia sin goce de haber, siguiendo lo dispuesto en el artículo 114° de la Ley Orgánica de Elecciones, o si deben postular y, al mismo tiempo, ejercer su cargo como congresista en la comisión.

Natale Amprimo, abogado constitucionalista, y José Naupari, ex abogado del Jurado Nacional de Elecciones, dan su opinión acerca de cómo se debe proceder en esta elección congresal.

José Naupari

Naupari es de la opinión que si se exigiría la licencia de los congresistas que ejercen el cargo hoy en día en la comisión permanente. Comenta que, pese a que hasta el 2016 no se tenía que pedir la suspensión del cargo, esta disposición se daba en un contexto distinto.

“La facultad de congresistas a poder seguir con sus labores en el congreso al mismo tiempo que postulaban a la reelección se creó debido a que si se pedían licencias y nadie reemplazaba al congresista faltante, se paralizaba el congreso”, señala.

“Ahora, que nos encontramos con solo la comisión permanente del congreso, el escenario cambia”. Naupari comenta que en la comisión permanente existen congresistas accesitarios que pueden reemplazar a los congresistas que se vayan de licencia, por lo que sería apropiado que se les pida soliciten licencia sin goce de haber a los congresistas que postularán a la elección de enero del 2020.

Aclara, sin embargo, que en caso se disponga que pueden seguir con sus labores, no podrán utilizar el dinero que perciban como congresistas para financiar sus campañas electorales.

Natale Amprimo

Según Amprimo, los congresistas que desempeñan labores en la comisión permanente no deben pedir licencia, sin embargo. Comenta que solo están prohibidos de postular los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos que no hayan pedido licencia sin goce de haber, y que no existe este impedimento para los congresistas.

“El pleno puede haber dejado de funcionar pero ellos integran la comisión permanente, por lo que son congresistas”, señala, indicando que “no hay precedente alguno que señale que sea necesario que pidan licencia para poder postular a futuras elecciones”.

Amprimo señala que, aunque existan accesitarios que puedan tomar el rol del congresista una vez que este se vaya de licencia, esto no permite que un congresista que conforme la comisión permanente deba retirarse de su cargo. “Además, el accesitario esta en caso uno de los congresistas se ausente a una sesión, no para asumir el cargo a largo plazo”, recalca.

Comenta que no se trata de si pueden ser reemplazados por otro o no, sino que por la misma virtud de su cargo de congresistas, no se les puede exigir esta condición. Pedirle la licencia a un congresista haría que un poder del estado deje de funcionar de manera efectiva.