Keiko Fujimori fue internada en la clínica Centenario el pasado sábado por presuntos problemas coronarios. (Foto: Achivo GEC)
Keiko Fujimori fue internada en la clínica Centenario el pasado sábado por presuntos problemas coronarios. (Foto: Achivo GEC)

La Corte Suprema publicó sus conclusiones del XI Pleno Jurisdiccional, realizado en julio pasado, y que fijan criterios penales en temas de prisión preventiva, impedimento de salida del país y otros.

¿Cuáles son las principales conclusiones? De acuerdo al abogado penalista , la Corte elevó la valla para que se aplique la prisión preventiva. En diálogo con Gestión, sostuvo que esta medida ahora será “excepcionalísima”.

“Para que el juez dé prisión preventiva es fundamental que exista prueba suficiente sobre los cargos imputados. La colaboración eficaz tiene que estar debidamente corroborada”, anotó.

Sin embargo, ¿qué efectos puede tener en el caso ? Caro manifestó que las consecuencias son múltiples. Por ejemplo, la defensa de la lideresa de Fuerza Popular podría solicitar al Poder Judicial una cese de su prisión preventiva, ya que hay un nuevo precedente.

Estas nuevas reglas pueden ser alegadas por imputados del caso Odebrecht, porque se está elevando la valla de la prisión preventiva. Cualquier imputado como Keiko Fujimori podría argumentar que este es un elemento jurídico. En consecuencia, podría pedir que se deje sin efecto su prisión preventiva”, anotó.

El letrado también advirtió otro escenario. Los criterios penales podrían ser tomados por el , el cual evaluará el 25 de setiembre el hábeas corpus de Fujimori.

“El TC lo podría tomar como un elemento jurídico para evaluar la prisión preventiva”, expresó. De esta manera, la excandidata sumaría elementos que podrían dejarla en libertad.

Cabe recordar que abril del año pasado, el Tribunal Constitucional recovó la orden de prisión preventiva contra Ollanta Humala y Nadine Heredia por los presuntos aportes de Venezuela y Odebrecht a las campañas del 2006 y 2011.