Los congresistas también estarán obligados a presentar su declaración jurada de intereses. (Foto: GEC)
Los congresistas también estarán obligados a presentar su declaración jurada de intereses. (Foto: GEC)

Independientemente del régimen laboral o contractual en el que se encuentren, todos los funcionarios y trabajadores del sector público deberán presentar su declaración jurada de intereses.

La medida, publicada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) bajo Decreto Supremo N° 138-2019-PCM, incluye a las entidades, organismos y empresas públicas, y sociedades de economía mixta comprendidas o no en la actividad empresarial del Estado.

"La presentación de la Declaración Jurada de Intereses tiene por finalidad transparentar información relevante de los sujetos obligados, para la detección y prevención de conflictos de intereses, como requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública", señala el texto.

En cuanto a los funcionarios, el decreto incluye al presidente y vicepresidente de la República; los congresistas; ministros, viceministros y asesores; presidente y miembros del Poder Judicial, jueces supremos, superiores, especializados, etc. También el Fiscal de la Nación, Defensor del Pueblo, gobernadores regionales y otros funcionarios.

El documento presentado deberá incluir información de empresas, sociedades en las que posea participación alguna, así como poderes otorgados por personas naturales o jurídicas, públicos o privados.

También debe consignar información sobre empleos, asesorías, consultorías y similares, remuneradas o no, en los sectores público y privado. Además, la participación en asociaciones, gremios y ONG.

Estos datos comprenden información dentro de los cinco años anteriores a la presentación de la declaración jurada de intereses.

Por otro lado, también se presentará información sobre el grupo familiar (padres, suegros, cónyuge, conviviente, hijos y hermanos). Esta debe incluir el número de documento de identidad, sus actividades, ocupaciones y centros o lugares de trabajo actuales.

La declaración jurada se presentará dentro de los 15 días hábiles tras ser elegido, nombrado, designado o contratado. Además, al momento del cese de funciones y cuando se requiera actualizar la información.