Según ordenanza de la MML, los municipios de de Lima solo pueden restringir la venta de bebidas alcohólicas a establecimientos que se dediquen exclusivamente a dicha actividad. (Foto: GEC)
Según ordenanza de la MML, los municipios de de Lima solo pueden restringir la venta de bebidas alcohólicas a establecimientos que se dediquen exclusivamente a dicha actividad. (Foto: GEC)

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró como barrera burocrática ilegal la prohibición de venta de bebidas alcohólicas cerca a colegios en Surquillo.

Según resolución 0443-2019/SEL-INDECOPI, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas determinó que la Municipalidad de Surquillo regulaba la venta y consumo de bebidas alcohólicas dentro del distrito a través de laOrdenanza 154-MDS.

Según Indecopi, cualquier establecimiento que no se dedique exclusivamente a la venta de licor y se encuentre cercano a un centro educativo de cualquier nivel o naturaleza en un radio de 100 metros no debe estar impedido de ello.

El fundamento es que la Municipalidad Distrital de Surquillo estableció una prohibición que excede la regulación provincial dispuesta en la Ordenanza 1568-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas de toda graduación.

Según la ordenanza de la MML, los municipios de Lima solo pueden restringir la venta de bebidas alcohólicas a establecimientos que se dediquen exclusivamente a dicha actividad.

Cabe señalar que Indecopi define a las barreras burocráticas como aquellos actos y disposiciones de las entidades del Estado que establecen exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones o cobros para la realización de actividades económicas que afectan las normas y los principios de simplificación administrativa o que limitan la competitividad en el mercado.