Exoneración del Impuesto a la Renta
Exoneración del Impuesto a la Renta

Hoy vence el plazo para que cónyuges o copropietarios atribuyan en forma proporcional los gastos de alquileres e intereses de .

Esto forma parte del mecanismo de la para una deducción adicional de hasta 3 UIT para la declaración de .

Romina Mitidieri, gerente de servicios tributarios y legales de Perú, nos comenta sobre este mecanismo de la .

¿En qué consiste la deducción adicional de hasta 3 UIT?

Las personas naturales podemos deducir de nuestras rentas del trabajo, 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para la determinación anual del . Esta deducción es efectuada por el empleador a través de la planilla.

A partir del 01 de enero de 2017 la Sunat dispuso que se permite, tanto a trabajadores independientes como dependientes, considerar una deducción adicional de hasta 3 UIT por gastos adicionales en la determinación anual del Impuesto a la Renta, si cumplen con sustentar ciertos gastos con facturas y recibos por honorarios electrónicos y efectuados utilizando de medios de pago (transferencias bancarias, depósitos en cuentas, cheques, entre otros). Dichos gastos son:

El 30% de la renta convenida por arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
El 100% de los intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda.
El 30% de los honorarios profesionales independientes
El 100% de aportaciones a ESSALUD que se realicen por trabajadores(ras) del hogar.

¿Cómo funciona el mecanismo para que cónyuges y copropietarios atribuyan en forma proporcional gastos de alquiler e intereses de créditos hipotecarios?

El cónyuge al que se le emitió el comprobante de pago deberá informar a la Sunat, la atribución en forma proporcional de los gastos. Mientras que el copropietario deberá comunicar la cuota correspondiente de la copropiedad.

¿Qué pasa si no se hace la atribución?

El procedimiento de atribución no es obligatorio. Si no se realiza la atribución, solo podrá tomar la deducción adicional el cónyuge, concubino o copropietario al que se le emitió el comprobante de pago pero solo hasta el límite de las 3 UIT.

¿Cómo es el procedimiento para realizar la atribución?

1. Se debe ingresar a la Plataforma de deducciones de gastos de Personas Naturales con RUC/DNI y Clave SOL: https://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6989-10-plataforma-de-deducciones-de-gastos-de-personas-naturales/
2. Ingresar al link de detalle de deducciones de gastos.
3. Ingresar a la opción de Atribución de Comprobantes y registrar a la Sociedad Conyugal o Copropietario registrando los datos solicitados y guardar la información.
4. El cónyuge, concubina(o) o copropietario(a) confirmará la atribución.
5. Sunat tendrá 24 horas para confirmar la información ingresada.